La falta de respuestas oficiales sobre la venta y regularización de terrenos derivó en una orden judicial que obliga a la Municipalidad de Catriel a entregar información pública en un plazo determinado. La decisión apunta a garantizar el acceso a datos vinculados a actos administrativos que no fueron debidamente informados ante reiterados pedidos.
El fallo fue dictado por el Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Río Negro, que intervino luego de que un vecino iniciara una acción de mandamus frente a la ausencia de respuestas por parte del Ejecutivo local. El reclamo estuvo centrado en obtener información concreta sobre un fraccionamiento urbano, incluyendo detalles sobre la promulgación de una ordenanza, su publicación oficial y registros vinculados a la compraventa de lotes y sus escrituras.
De acuerdo a lo reconstruido en el expediente, los pedidos fueron realizados en distintas oportunidades, tanto por vías formales como electrónicas, sin que se emitiera una respuesta en sede administrativa. Ante ese escenario, el Tribunal consideró acreditada la reiteración de presentaciones sin contestación y validó la vía judicial elegida como mecanismo adecuado frente a la falta de intervención estatal.
En su descargo, la Municipalidad de Catriel indicó que parte de la documentación requerida corresponde a una gestión anterior y que, al asumir en diciembre de 2023, se detectaron faltantes en distintas áreas. Sin embargo, el STJ sostuvo que ese argumento no exime al Estado de su obligación de informar, remarcando que la responsabilidad de garantizar el acceso a la información pública se mantiene más allá de los cambios de gobierno.
Al analizar la documentación aportada, el fallo señaló inconsistencias en la respuesta brindada. Entre ellas, la ausencia de constancias sobre la promulgación y publicación de la norma consultada, la falta de certificación de la copia presentada y la omisión de anexos considerados relevantes para comprender el proceso administrativo.
También se advirtió que no se remitieron registros de ventas ni documentación relacionada con escrituras, pese a que el propio municipio reconoció su existencia. En ese sentido, se mencionó que hay operaciones de compraventa que no cuentan con formalización ni registración administrativa, lo que complejiza el acceso a información precisa.
El Tribunal encuadró el caso dentro del régimen de acceso a la información pública previsto en la Constitución provincial y el Código Procesal Constitucional, recordando que cualquier persona puede solicitar datos sin necesidad de acreditar un interés directo. Asimismo, se indicó que la falta de respuesta, la entrega incompleta o cualquier obstaculización constituyen incumplimientos que habilitan la intervención judicial.
Finalmente, la sentencia ordena a la Municipalidad de Catriel que, en un plazo de treinta días hábiles, entregue la información solicitada o, en su defecto, informe y acredite ante el Tribunal las razones que impiden su cumplimiento. La resolución refuerza el alcance del derecho de acceso a la información y el deber estatal de garantizar respuestas completas y documentadas.
24 marzo 2026
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