Una situación de filtraciones persistentes que derivó en riesgo eléctrico dentro de una vivienda de Viedma terminó en la Justicia, que ordenó realizar reparaciones urgentes en el departamento desde donde se originan los daños.
El conflicto comenzó a partir de la denuncia de una mujer que reside en la planta baja de un edificio, quien advirtió que el ingreso de agua desde la unidad superior provocó humedad en paredes, techos y sectores estructurales, además de afectar el sistema eléctrico de su hogar. Según consta en la causa, la situación implicó un riesgo para su integridad fÃsica, debido a que vive sola y ya habÃa registrado fallas eléctricas.
Antes de la intervención judicial, las partes atravesaron instancias de diálogo y una mediación que no logró resolver el problema. Ante la persistencia del daño, se promovió una acción para obtener una respuesta urgente que detuviera el deterioro de la vivienda afectada.
Durante el proceso, se incorporó un informe técnico que relevó el estado del departamento ubicado en el primer piso. Allà se detectaron subdivisiones internas precarias, instalaciones compartidas sin condiciones adecuadas y conexiones sanitarias mal selladas, lo que generaba filtraciones hacia la unidad inferior. El documento recomendó eliminar esas modificaciones y restituir la vivienda a su configuración original.
El análisis del caso se encuadró en el procedimiento de reparaciones urgentes, previsto para situaciones donde existe un daño actual o un riesgo inminente entre unidades funcionales. En ese marco, el juez contencioso administrativo consideró acreditada la existencia de un daño concreto y grave, especialmente por el contacto entre agua y la instalación eléctrica.
Al momento de definir responsabilidades, la resolución estableció que las reparaciones deben ser asumidas por quienes ocupan el inmueble desde donde se origina el problema, ya que tienen control directo sobre las instalaciones y la posibilidad de corregir las deficiencias.
En el expediente también habÃa sido incluido el IPPV, debido a la falta de escrituración de las unidades y la inexistencia de un consorcio formal. Sin embargo, durante el proceso se determinó que el organismo no tiene control material sobre la vivienda ni participación en el origen del daño, por lo que fue excluido de la obligación de intervenir.
Finalmente, el fallo ordenó a las personas que habitan el departamento superior eliminar las instalaciones irregulares, incluyendo conexiones sanitarias, eléctricas y de gas, y ejecutar las obras necesarias para detener las filtraciones. Además, fijó un plazo para resolver la situación y evitar que continúe el deterioro en la vivienda afectada.
10 abril 2026
Judiciales