Una oficial del cuartel de bomberos Ruca Cura de Bariloche fue absuelta en un juicio por calumnias promovido por uno de sus superiores. La sentencia, dictada por una jueza local, determinó que la mujer no atribuyó delitos a su superior, sino que relató situaciones de hostigamiento y persecución laboral que encuadran en violencia psicológica y simbólica. El fallo, además, reconoció la falta de acompañamiento institucional y confirmó que la oficial fue víctima de un contexto de desigualdad dentro de la estructura jerárquica.
El conflicto se originó en mayo de 2023, cuando la Comisión Directiva del cuartel sancionó a la mujer con 119 días de suspensión por presuntos incumplimientos. En el descargo presentado, ella cuestionó la medida y la atribuyó a un contexto de persecución, describiendo actitudes misóginas y conductas de hostigamiento por parte de un jefe. Solicitó que la institución investigara los hechos, pero la respuesta fue exigirle pruebas e incluso una denuncia formal.
Ante esa situación, acudió a la Comisaría de la Familia, donde relató lo sucedido como violencia psicológica y simbólica. Su presentación derivó en los fueros de Familia y Laboral, que dictaron medidas de protección a su favor. Más tarde desistió del proceso, según explicó en el juicio, porque buscaba una resolución pacífica y no un conflicto prolongado dentro del cuartel.
El superior denunciado respondió con una querella por calumnias, argumentando que la oficial había dañado su honor. En el juicio, su abogado planteó que el conflicto podría haberse resuelto con un pedido de disculpas, pero la defensa pública señaló que hacerlo hubiera significado admitir la sanción y aceptar su exclusión definitiva de la institución. Durante el debate, el querellante reconoció haber mantenido una relación personal con la acusada, aunque intentó minimizarla. Sin embargo, los mensajes y correos electrónicos incorporados como prueba contradijeron su versión y fortalecieron el relato de la oficial sobre el hostigamiento que comenzó tras el fin del vínculo.
En su sentencia, la magistrada concluyó que la acusación carecía de uno de los elementos esenciales para configurar el delito de calumnias: la imputación de un delito concreto de acción pública. Sostuvo que las manifestaciones de la mujer fueron parte de un reclamo legítimo frente a un trato desigual y que buscaban protección en un contexto laboral hostil.
Los testimonios de compañeros y compañeras reforzaron esa interpretación. Describieron un trato diferenciado hacia la oficial, cambios arbitrarios de funciones, sanciones selectivas y episodios de maltrato. Mencionaron incluso que, por apoyarla, varios integrantes fueron desplazados o marginados. Entre los ejemplos más citados se destacó la negativa a permitirle intervenir en un operativo de emergencia a pesar de su formación como paramédica.
La jueza concluyó que lo que llegó a juicio “no fue una imputación falsa, sino el reflejo de una situación de violencia que debía ser visibilizada”. Destacó que las expresiones de la mujer se encuadran en el ejercicio de sus derechos y deben interpretarse conforme a la normativa nacional e internacional sobre violencia de género.
La sentencia, que ya está firme, reafirma que la oficial no cometió calumnias y que fue víctima de hostigamiento laboral dentro del cuartel. También deja en evidencia la ausencia de mecanismos institucionales eficaces para abordar la violencia en ámbitos jerárquicos y tradicionalmente masculinizados como el cuerpo de bomberos.

5 diciembre 2025
Judiciales