La causa conocida como “Techo Digno” sumó en las últimas horas dos resoluciones judiciales de distinto alcance: por un lado, un tribunal absolvió al exintendente de Fernández Oro, Juan Oscar Reggioni, y al empresario Néstor Raúl Sarasola; por otro, en Río Colorado se formularon cargos contra el exjefe comunal Gustavo Modesto San Román por presunta defraudación a la administración pública.
En el primer caso, el tribunal que llevó adelante el juicio oral resolvió por unanimidad absolver a Reggioni y a Sarasola, titular de la firma involucrada en la ejecución de 50 viviendas en Fernández Oro, en el marco del programa federal. Según la acusación del Ministerio Público Fiscal, ambos estaban imputados por administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública y, en el caso del exintendente, también por peculado.
De acuerdo con lo expuesto por la Fiscalía durante el debate, se habrían realizado pagos indebidos y se habrían destinado fondos a fines distintos de los previstos en el convenio original. La hipótesis fiscal sostenía que ello generó un perjuicio al erario y un beneficio para la empresa constructora. Las defensas rechazaron esa acusación y solicitaron la absolución.
En la sentencia, el tribunal analizó las diferencias planteadas entre el avance físico de obra y su correlato económico. Los jueces señalaron inconsistencias en la descripción de los hechos y observaron que la acusación combinó distintos parámetros técnicos sin una explicación precisa. También indicaron que no se acreditó un beneficio indebido ni un daño concreto a la administración pública, y que no se probó la existencia de un acuerdo previo para defraudar al Estado.
Respecto del delito de peculado atribuido a Reggioni, los magistrados examinaron el alcance del artículo 261 del Código Penal y marcaron la diferencia entre “sustraer” fondos y reasignarlos dentro del ámbito de la administración pública. En ese marco, valoraron la autonomía municipal reconocida por la Constitución de Río Negro y las ordenanzas locales que habilitan, bajo ciertas condiciones, la reasignación de partidas. Con esos fundamentos, concluyeron que no se alcanzó el grado de certeza necesario para una condena.
En paralelo, este 25 de febrero, en los tribunales de Río Colorado, se tuvieron por formulados cargos contra Gustavo Modesto San Román por el delito de defraudación a la administración pública, en relación con la ejecución de 104 viviendas e infraestructura en esa ciudad.
La audiencia estuvo a cargo de una jueza de garantías, quien admitió la imputación por defraudación pero no dio curso, en esta etapa, a la acusación por peculado vinculada a la constitución de plazos fijos y a la compra de una barredora con fondos del programa. Tras la resolución, el Ministerio Público Fiscal adelantó que solicitará la revisión de ese punto y pidió que el legajo sea declarado asunto complejo, lo que fijó un plazo de investigación de un año.
Según la Fiscalía, el convenio para las viviendas de Río Colorado fue celebrado en julio de 2013 entre la Secretaría de Obras Públicas del entonces Ministerio de Planificación Federal de la Nación y el municipio local. Se indicó que, ya en funciones como intendente, San Román tenía a su cargo la administración de los fondos del programa y que habría realizado pagos a la empresa ECA S.A. sin la correspondiente medición y certificación de avance de obra.
La acusación también sostuvo que se habría producido un pago en exceso que generó un beneficio patrimonial al empresario interviniente y un perjuicio a las arcas municipales. Entre los elementos probatorios mencionados por el Ministerio Público Fiscal figuran informes de la Contaduría Forense del Poder Judicial, pericias técnicas y caligráficas, documentación bancaria y registros obtenidos en allanamientos realizados en la Municipalidad de Río Colorado y en la empresa constructora.
La investigación incluye además informes de organismos nacionales y provinciales, documentación del Instituto de Planificación y Promoción de la Vivienda de Río Negro, y actuaciones administrativas impulsadas por distintas áreas estatales. Ambas resoluciones se inscriben en la investigación más amplia del programa Techo Digno en distintos puntos de la provincia, donde se analizan responsabilidades en la ejecución de planes habitacionales financiados con fondos nacionales.

25 febrero 2026
Judiciales