Ahora también se puede votar con tarjeta del DNI celeste

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Explicó la funcionaria que en uno de los puntos de esa acordada se indicó que  al modificar el artículo 167 del Código Electoral Nacional, la ley 26.744 habilitó como documento válido para votar, entre otros al ‘Documento Nacional de Identidad (D.N.I), en cualquiera de sus formatos (Ley 17.671)"

En este marco, se debe aclarar que el formato en tarjeta plástica que era entregada junto con la libreta –previo a la ley 26.744- es un documento habilitante, aun cuando lleve impresa la leyenda 'no valido para votar'.

Informó que el Ministerio del interior de la Nación está informando sobre esta situación que además será especialmente enfatizada en los cursos y demás actividades de capacitación para las autoridades de mesa, a fin de asegurar el adecuado desarrollo de los comicios.

La acordada fue publicada en Buenos Aires, el 25 de abril y lleva la firma de los camaristas Alberto Ricardo Dalla Via, Rodolfo Emilio Munné y Santiago Hernán Corcuera.

Ante la creciente demanda de los nuevos DNI Tarjeta, Daniela Martínez también recordó que “todos los Documentos Nacionales de Identidad expedidos por el Registro Nacional de las Personas mantienen su validez, de modo que la Libreta de Enrolamiento, la Libreta Cívica, el DNI de tapa verde y el DNI de tapa celeste, siguen siendo documentos válidos”. Ahora se suma el DNI tarjeta que se entregó junto con la libreta celeste.

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