Quieren que los asuetos en aniversarios municipales se rigan por ley

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A tal fin, si es aprobada la iniciativa, los municipios deberán adherir a la futura ley mediante el dictado de la ordenanza correspondiente, comunicándole tal adhesión al Poder Ejecutivo provincial y tal decisión comunal se entenderá permanente y de aplicación en las fechas de celebración de aniversarios de fundación de localidades provinciales que recaigan en días hábiles administrativos

Casadei y Pega explicaron que “por estos días se ha generado un importante debate sobre si corresponde o no que la provincia de Río Negr adhiera o no a los aniversarios de fundación de las localidades rionegrinas, debate que además se vio atravesado por una palpable sensación instalada, sobre que son muchas las oportunidades en que por acción u omisión, desde diversas áreas del Gobierno provincial se la perjudica o discrimina a la ciudad capital”.

Agregaron: “Por tal razón, en oportunidad de realizarse la reunión de Labor Parlamentaria con miras a la sesión legislativa del pasado 26 de abril de 2013, se solicitó la inclusión del proyecto de comunicación Nº 219/2013, mediante el cual se pretendía reflexión sobre una medida intempestiva, que modificaba una tradición que lleva muchísimos años, como es el asueto administrativo y escolar del día de fundación de las localidades, cuando dichos días se celebraban en días hábiles”.

“No hubo debate, no hubo consulta y fue Viedma la ciudad que primero se vio forzada a discutir el cese de dichos asuetos, del que se tuvo conocimiento primero por trascendidos, luego por información oficial del Gobierno provincial”.

Indicaron además: “Hoy vemos, como mediante un decreto del Poder Ejecutivo, el número 496 de fecha 21 de abril de 2013, que se regula la asignación de dichos asuetos, para personal de la Administración Pública Provincial y Docentes, cuando los actos centrales de conmemoración de los aniversarios se celebren el mismo día de dicho aniversario, ello siempre y cuando exista una solicitud a dicho respecto, formulada por autoridades municipales con 30 días de anticipación a dicha conmemoración”.

Señalaron que “burocratizar de tal manera esta circunstancia, que hoy ya puede definirse como de orden tradicional y tan tradicional que hasta parece natural y de toda lógica, con el establecimiento de plazos y requisitos a las autoridades municipales, no hacen más que desmerecer la conmemoración misma de dichos aniversarios locales, que en general y en muchas de nuestras poblaciones se viven con sentida emoción y nutrida participación”.
“Analizando esta cuestión, llegamos por ejemplo a la Ley Nº Ley 5.768, sancionada el 16 de agosto de 2006 en la provincia de Chaco, que declara día no laborable, la fecha en que se celebra el aniversario de la fundación de las distintas localidades de dicha provincia, invitando a los Municipios a adherir a dicha ley. Así, advirtiendo el esquema de la provincia de Chaco, entendemos desde el bloque de la Concertación para el Desarrollo, que es necesario dotar de un mínimo marco jurídico a esta situación, evitando distinciones o discriminaciones entre las diferentes localidades y así condicionar el asueto administrativo provincial, a que el municipio adhiera mediante ordenanza de su cuerpo deliberativo, por medio del cual el Pueblo delibera y en su caso resuelve”, concluyeron Casadei y Pega.

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