Una trabajadora de un comercio de la calle Buenos Aires, en Viedma, será indemnizada luego de que la Cámara Laboral determinara que las secuelas que sufrió tras un accidente vial ocurrido cuando regresaba a su domicilio corresponden a un accidente in itinere. El fallo ordena a la ART a abonar una reparación económica tras comprobarse que las lesiones fueron más graves que lo reconocido inicialmente por la Comisión Médica.
El hecho ocurrió al finalizar la jornada laboral matutina, cuando la empleada tomó su bicicleta para regresar a su vivienda. En ese momento se registraba un importante flujo vehicular debido al cierre de actividades en la administración pública. Durante el trayecto, la trabajadora fue embestida por un automóvil, aunque logró continuar hasta su hogar por sus propios medios.
Al llegar, advirtió dolores intensos en la cabeza y en la mano derecha, donde uno de sus dedos presentaba una lesión evidente. Fue asistida en el Hospital Zatti, donde se le realizaron radiografías, estudios neurológicos y se le colocó una férula para inmovilizar el pulgar. En las semanas siguientes recibió diez sesiones de kinesiología autorizadas por la ART, pero persistieron los síntomas vinculados al golpe en la cabeza y el dolor en la mano.
Durante 2023 intentó retomar sus tareas, aunque debió retirarse nuevamente al presentar inflamación y cambios de coloración en la mano afectada. La situación fue evaluada por la Comisión Médica Nº 18, que estableció un 3,4% de incapacidad. La trabajadora cuestionó ese dictamen por considerar que no contemplaba adecuadamente el dolor constante, la limitación funcional ni los síntomas neurológicos posteriores al traumatismo.
Ya iniciado el proceso judicial, una pericia médica realizada en el expediente determinó que la incapacidad resultante del accidente era del 9,58%, casi el triple de lo fijado por la Comisión Médica. El informe señaló que la documentación clínica y el examen físico respaldaban la mayor afectación alegada, incluyendo las secuelas en la mano y los síntomas derivados del golpe en la cabeza.
La Cámara Laboral valoró la mecánica del siniestro y confirmó que se trató de un accidente in itinere, al producirse en el trayecto habitual entre el lugar de trabajo y el domicilio. Tras analizar la prueba, el tribunal concluyó que las secuelas estaban directamente vinculadas al hecho y que la indemnización debía calcularse a partir del porcentaje de incapacidad determinado en la pericia judicial.
Con esos elementos, la Cámara hizo lugar a la demanda y ordenó a la ART a indemnizar a la trabajadora. El monto actualizado a noviembre de 2025 asciende a aproximadamente 12 millones de pesos.

4 diciembre 2025
Judiciales