Un hombre comenzó a cumplir una condena de seis años y ocho meses de prisión por un caso de abuso sexual ocurrido en Cipolletti, luego de que la Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazara un recurso presentado por la defensa y dejara firme la sentencia dictada en instancias judiciales anteriores.
La resolución del máximo tribunal fue comunicada el pasado 5 de marzo y declaró inadmisible el recurso de queja presentado por la defensa. A partir de esa decisión, la condena quedó definitivamente confirmada y desde el viernes el hombre fue detenido para comenzar a cumplir la pena en el Complejo Penal de Cipolletti, según informaron fuentes judiciales.
La investigación había sido impulsada por el Ministerio Público Fiscal, que llevó el caso a juicio oral por un hecho ocurrido durante la madrugada del 15 de marzo de 2020 en el domicilio del acusado, en la ciudad de Cipolletti. Durante el proceso judicial, la fiscalía sostuvo que el imputado accedió carnalmente a la víctima sin su consentimiento cuando ambos se encontraban en la vivienda junto a otras dos personas.
Durante el debate, la acusación pública indicó que la investigación se apoyó principalmente en el testimonio de la mujer, al que la fiscalía calificó como consistente y coherente. La víctima relató que había concurrido voluntariamente al domicilio junto con su prima y otras personas conocidas esa misma noche, pero aclaró que no había dado consentimiento para mantener relaciones sexuales.
En la sentencia se destacó que el relato de la víctima presentó coherencia en los distintos momentos del proceso, incluso cuando señaló que tenía algunos recuerdos parciales debido al consumo de alcohol. El tribunal evaluó que esos aspectos no invalidaban su declaración, la cual fue corroborada por otros elementos de prueba incorporados al expediente.
Entre las evidencias analizadas durante el juicio se incluyeron testimonios —entre ellos el de una testigo presencial—, informes médicos y pericias psicológicas. De acuerdo con la valoración realizada por el tribunal, ese conjunto de pruebas permitió acreditar que el acceso carnal se produjo sin consentimiento, encuadrando el hecho en el delito de abuso sexual con acceso carnal previsto en el artículo 119 del Código Penal.
Durante el juicio, la defensa sostuvo una versión diferente de los hechos y planteó que la relación sexual había sido consentida. En ese marco solicitó la absolución del acusado y cuestionó la interpretación de la prueba presentada por la fiscalía.
La sentencia que declaró la responsabilidad penal fue dictada el 14 de noviembre de 2022. Posteriormente, durante la etapa de determinación de la pena, las partes acordaron el monto de la condena, que fue fijado en seis años y ocho meses de prisión efectiva. El tribunal homologó ese acuerdo y dispuso además las accesorias legales y costas del proceso.
Tras la condena, la defensa presentó distintos recursos ante instancias superiores. El Tribunal de Impugnación rechazó los planteos y confirmó la sentencia, mientras que el Superior Tribunal de Justicia de Río Negro ratificó esa decisión mediante resoluciones dictadas en 2023.
Finalmente, la defensa recurrió ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación mediante un recurso de queja presentado en agosto de 2023. Con la decisión comunicada el 5 de marzo pasado, el máximo tribunal declaró inadmisible ese planteo, lo que dejó firme la condena y habilitó la detención del hombre para el cumplimiento de la pena.
7 marzo 2026
Judiciales