Debatieron las penas para dos agentes penitenciarios condenados por vejaciones

La Fiscalía pidió hasta dos años y cuatro meses de prisión, mientras que las defensas solicitaron un año. El juez Ignacio Gandolfi dará a conocer la pena la próxima semana.

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Las penas que deberán cumplir dos agentes del Servicio Penitenciario Provincial condenados por vejaciones a un interno del Complejo Penal de Viedma comenzaron a definirse este miércoles durante el juicio de cesura. En la audiencia se escucharon testimonios y luego la Fiscalía y las defensas expusieron los argumentos para fundamentar las sanciones que consideran correspondientes.

La fiscal Paula Rodríguez Frandsen fue la primera en presentar sus alegatos y recordó que los hechos ocurrieron el 5 de septiembre de 2025, durante tareas de desinfección en el sector de celdas del complejo. De acuerdo con la acusación, el procedimiento derivó en el traslado del interno hacia el sector de aislamiento, donde sufrió distintas lesiones físicas.

La Fiscalía tomó en cuenta la prolongación de los hechos para fundamentar las penas diferenciadas solicitadas para cada uno de los condenados. Rodríguez Frandsen sostuvo que la situación comenzó dentro de una celda y continuó durante el traslado y en el sector de aislamiento, donde se habría utilizado fuerza física y distintos elementos para concretar las vejaciones.

En ese punto, la fiscal destacó que los hechos se produjeron “en un contexto en el cual el personal policial tenía dominio sobre la integridad de la persona detenida”.

Otro de los aspectos considerados por la acusación fue la magnitud del daño provocado. Rodríguez Frandsen hizo referencia al relato de la propia víctima sobre el sufrimiento padecido, a las secuelas certificadas por una enfermera del complejo penal y al testimonio de la madre respecto del estado físico y anímico posterior del hombre.

La Fiscalía también planteó como agravantes que ambos responsables son personas adultas y con conocimiento de sus acciones y de las consecuencias de cometer un delito, especialmente por las funciones que desempeñaban. Sostuvo además que actuaron con la finalidad de provocar daño a una persona que se encontraba bajo su responsabilidad y a quien debían proteger.

Para uno de los condenados, la Fiscalía solicitó dos años de prisión en suspenso y cuatro años de inhabilitación. Para el otro pidió dos años y cuatro meses de prisión efectiva y el doble de tiempo de inhabilitación. La diferencia fue fundamentada en la existencia de antecedentes penales por hechos de similares características y en un historial de conflictos previos con el interno.

La abogada particular Andreina Barrionuevo fue la primera en desarrollar los argumentos de la defensa. Cuestionó la existencia del dolo planteado por la Fiscalía y la valoración realizada sobre los elementos utilizados durante el procedimiento, al señalar que se trataba de equipamiento reglamentario destinado a tareas de protección.

La defensa también sostuvo que no se había acreditado la existencia de un daño psiquiátrico y solicitó una pena de un año de prisión. Respecto de la inhabilitación, planteó que no debería impedir de manera total la continuidad laboral, sino limitarse a la portación de armas y a funciones vinculadas con el cuidado de personas.

El defensor oficial Pedro Vega adhirió a esos argumentos y cuestionó particularmente la valoración de los testimonios de familiares para determinar la magnitud del daño. Sostuvo que las referencias a la angustia del hermano y a las situaciones de salud de la madre y la abuela no podían atribuirse a su asistido y que tampoco habían sido acreditadas de manera independiente.

Vega también rechazó que las consecuencias vinculadas con el aislamiento del interno pudieran ser atribuidas a su defendido, ya que, de acuerdo con su planteo, no fue quien decidió el lugar de alojamiento ni realizó el traslado.

Durante sus alegatos, el defensor hizo referencia además al nivel de instrucción de su asistido y a los testimonios de compañeros y compañeras de trabajo que lo describieron como “una persona sin conflictos, agradable y correcta”.

También ponderó el informe socioambiental realizado por una trabajadora social de la oficina de Servicio Social, quien señaló que el hombre tiene a su cargo el sostenimiento económico y el cuidado de su hijo. Vega explicó además que una ausencia a una instancia procesal mencionada por la Fiscalía como un elemento para agravar la situación se produjo porque debió ir a buscar a su hijo y rechazó que esa circunstancia fuera utilizada para imponer una pena mayor.

Finalmente, el defensor planteó que la sanción debe guardar proporción con la gravedad del delito y no generar un daño excesivo. Solicitó la pena mínima de un año de prisión y una inhabilitación por el doble de ese plazo, circunscripta a tareas que impliquen contacto con personas privadas de la libertad.

Antes del cierre de la audiencia, los dos condenados hicieron uso de la palabra. Luego, el juez de juicio Ignacio Gandolfi dio por finalizado el debate de cesura.

La pena para cada uno de los condenados se conocerá la próxima semana, una vez que el magistrado resuelva los planteos formulados por la Fiscalía y las defensas.

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