El Superior Tribunal de Justicia hizo lugar a la acción de amparo de un hombre de Roca y le ordenó al Estado provincial “lograr una solución habitacional” para el amparista y para su hijo discapacitado de 10 años. Hace cuatro años que espera acceder a una vivienda del IPPV.
Al voto inicial de la jueza Liliana Piccinini adhirieron sus pares Sergio Barotto, Enrique Mansilla y Adriana Zaratiegui. El fammo destacó que el hombre padece epilepsia y una hemiplejía que le implica una discapacidad permanente del 80 por ciento, y está inscripto en el Registro de Demanda Habitacional del IPPV desde el año 2015.
En el juzgado de primera instancia el amparo había sido rechazado pero la decisión fue apelada por la Defensa Pública y así llegó al STJ, que revocó el fallo inicial e hizo lugar a la acción.
En la nueva sentencia se destaca que si bien el amparo fue interpuesto específicamente contra el IPPV, que es un organismo provincial, la acción debe entenderse dirigida contra el Estado todo, “pues éste es uno y único, sumado a que las políticas y las acciones positivas para garantizar el bienestar general de la comunidad son transversales, por lo que el IPPV tiene, al menos, la responsabilidad de poner en conocimiento y dar participación al organismo que corresponda a fin de atender las necesidades que presenta el actor, quien padece hemiplejia y se encuentra a cargo de un niño, ambos en situación de vulnerabilidad, por no poseer vivienda acorde a sus necesidades, y con escasos ingresos”.
El fallo agrega que es “adecuada la 'solución habitacional' reclamada ante la situación extrema planteada en autos, resultando necesario que el Estado provincial a través del IPPV articule transversalmente sus respectivas políticas y acciones conducentes a fin de idear y concretar en forma coordinada la respuesta a la situación”. Por último, en el fallo se instó a la Defensoría Oficial “para que asista y acompañe al amparista en los trámites relativos a la actualización de su legajo ante el IPPV”.

29 diciembre 2025
Judiciales