Fallo por la cobertura integral a un paciente

El STJ ordenó a UPCN atender el tratamiento de un afiliado con esclerosis múltiple.

Comentar
En un fallo reciente el Superior Tribunal de Justicia confirmó la sentencia de amparo del Juez Rubén Marigo que había ordenado a UPCN brindar la cobertura integral a un afiliado que necesita un tratamiento por esclerosis múltiple

Con el voto rector de la Jueza Liliana Piccinini el Superior Tribunal de Justicia de Río Negro rechazó recurso de apelación interpuesto y fundado por la apoderada de la Obra Social Unión Personal de la Unión del Personal Civil de la Nación (UPCN) y confirmó la sentencia que hizo lugar a la petición realizada por una afiliada en representación de su hijo, quien padece esclerosis múltiple con anormalidades de la marcha y movilidad. 

La sentencia de amparo ordenó a la obra social brindar a su afiliado la cobertura integral de los estudios y medicamentos, según las especificaciones indicadas por el médico tratante.

El fallo consideró que procede la medida toda vez que no existe otro medio para tutelar en forma rápida y efectiva la salud del afiliado, máxime cuando la demanda se sustenta en el derecho constitucional a la salud.

También te puede interesar...