La Justicia falló a favor de una conductora que demandó a una empresa de colectivos a la que ordenó indemnizar en poco más de 140 mil pesos e intereses por un accidente ocurrido en el centro de Cipolletti.
La mujer, que promovió la demanda por daños y perjuicios ante el Juzgado Civil N°1 de Cipolletti, consignó que circulaba en un vehículo Renault Megane Scenic por calle Yrigoyen de Cipolletti. En la intersección de España afirmó que se detuvo porque el semáforo se encontraba en rojo e iban otros coches que también detuvieron su marcha. Al cambiar el semáforo a verde comenzó a avanzar lentamente detrás de otro vehículo que frenó para darle paso a un peatón. Ella también frenó sin ningún problema porque respetó la distancia reglamentaria pero en ese momento fue embestida en la parte trasera por un colectivo de la empresa KoKo, interno 162. Sostuvo la mujer en la demanda que el chofer del micro no respetó las distancias mínimas legales y en función de ello fundamentó la responsabilidad de la parte demandada.
Al momento de resolver, el juez civil Alejandro Cabral y Vedia analizó el dictamen del perito accidentólogo quién concluyó que "se desprende de la mecánica del accidente y de acuerdo al impacto directo de atrás hacia adelante casi en forma recta, que el Colectivo no guardó la distancia necesaria entre los rodados, fundamentado por la zona de impacto, proyección y dirección de impacto sobre el automóvil, como así se observa que el colectivo intentó hacer una maniobra evasiva, con el fin de evitar el siniestro, seguramente minimizando la magnitud de impacto en cuanto daños y consecuencias".
“Es entonces, que la responsabilidad del conductor del colectivo se impone, y consecuentemente la de la demandada en su calidad de empleador y titular del vehículo, en tanto ha sido él quien embistió desde atrás al vehículo de la actora" resumió el fallo.
Sobre la base de esos argumentos el magistrado hizo lugar a la demanda y condenó a la empresa de transporte de pasajeros KoKo SRL. a pagarle a la mujer la suma de 142.880,21 más intereses por daños y perjuicios derivados del accidente de tránsito.

29 diciembre 2025
Judiciales