Garantizan la continuidad escolar de un niño con discapacidad

El Ministerio Público de la Defensa logró que se mantuviera la vacante tras una resolución que priorizó el interés superior del niño y el derecho a la educación.

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Un niño con discapacidad podrá concluir el ciclo lectivo 2025 en su escuela del Alto Valle tras la intervención del Ministerio Público de la Defensa, que logró garantizar su vacante pese a que la institución había condicionado la renovación de la matrícula a la presencia de un acompañante terapéutico.

La defensora de menores e incapaces interviniente explicó que “la familia se sintió acorralada entre lo que aconsejaban las profesionales que asisten al nene y lo que la institución exigía como requisito para renovar la matrícula de este año”. Ante esa situación, se presentó una demanda judicial que incluyó informes de las especialistas tratantes.

Los documentos aportados al expediente acreditaron que el equipo interdisciplinario que atiende al niño recomendaba su continuidad en el mismo espacio escolar en el que asiste desde hace cuatro años, y que no era necesaria la incorporación de un acompañante terapéutico. Según las profesionales, el estudiante mostró una “notable evolución en las áreas de comunicación, interacción social y habilidades cognitivas”, y su permanencia en la institución resultaba fundamental para su estabilidad emocional.

Una de las especialistas advirtió que imponer un apoyo innecesario “podría repercutir negativamente en su autonomía, su socialización y su conducta”, y que un eventual cambio de escuela “podría generar desregulación emocional, afectación conductual y depresión”.
El Juzgado Civil, Comercial, Minería y Sucesiones N°3 de Roca y la Cámara de Apelaciones coincidieron con el criterio de la Defensa y resolvieron que debía garantizarse la vacante para asegurar el derecho a la educación del niño. La Cámara destacó en su fallo “los máximos postulados constitucionales que reconocen el derecho a la educación y la protección reforzada del interés superior del niño, así como el sistema integral de protección de las personas con discapacidad”.

La jueza interviniente señaló que el caso requería una mirada interseccional que contemplara la doble condición de vulnerabilidad del niño, “como menor de edad y como persona con discapacidad”, lo que llevó a priorizar sus derechos frente a la postura de la institución educativa.
De esta manera, el fallo garantizó que el niño pudiera completar su ciclo escolar 2025 en la escuela donde ha desarrollado su trayectoria educativa, asegurando su continuidad y bienestar emocional.

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