Reconocen incapacidad a una enfermera por accidente durante un traslado en ambulancia

La Cámara Laboral de Viedma determinó una incapacidad del 5,12 % y ordenó una indemnización a favor de la trabajadora

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La Cámara del Trabajo de Viedma reconoció una incapacidad parcial, permanente y definitiva del 5,12 % a una enfermera del hospital rural de Guardia Mitre, quien había sufrido una lesión en la muñeca y la mano derecha mientras bajaba una camilla de una ambulancia para trasladar a un paciente. El fallo ordenó a Horizonte Compañía Argentina de Seguros S.A. el pago de la indemnización correspondiente por el daño reconocido.

Tras el accidente, ocurrido durante una jornada laboral, la aseguradora Horizonte A.R.T. S.A. aceptó el hecho como contingencia laboral y derivó a la trabajadora para su atención médica. Luego del tratamiento indicado, la profesional recibió el alta, aunque surgió una diferencia respecto del porcentaje de incapacidad determinado.

La Comisión Médica intervino y dispuso la continuidad de las sesiones de rehabilitación. Concluido ese proceso, el organismo emitió un nuevo dictamen que estableció una incapacidad del 2,26 %. Disconforme con esa valoración, la enfermera promovió una acción judicial solicitando el reconocimiento de una incapacidad mayor, que estimó en 13,8 %, y reclamó una indemnización conforme a la Ley de Riesgos del Trabajo.

Durante el proceso, la Cámara Laboral ordenó una pericia médica independiente, a cargo de una profesional del Cuerpo de Investigación Forense. La especialista evaluó a la trabajadora mediante exámenes físicos y análisis funcionales de ambas muñecas, observando limitaciones en los movimientos de la muñeca derecha, aunque sin signos de inflamación y con conservación de la función manual.

En su informe, la perita determinó una incapacidad del 5,12 %, explicando que la tendinopatía detectada en los estudios por imágenes no presentaba relación directa ni cronológica con el accidente reportado. El dictamen incluyó una descripción detallada de las mediciones articulares, la fuerza de prensión y la movilidad, considerando también la edad y la actividad desempeñada por la trabajadora.

Con base en esa prueba, la Cámara del Trabajo de Viedma resolvió reconocer la incapacidad establecida por la pericia judicial y condenó a la aseguradora a pagar la suma correspondiente a la incapacidad reconocida, conforme a la normativa vigente del sistema de riesgos del trabajo.

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