Condenan a un supermercadista por despidos y empleo irregular

La Cámara del Trabajo de Bariloche ordenó el pago de indemnizaciones a trabajadores de El Bolsón

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Un fallo de la Cámara Primera del Trabajo de Bariloche condenó al responsable de un supermercado de El Bolsón al pago de indemnizaciones y salarios adeudados a un grupo de trabajadoras y trabajadores que fueron despedidos tras una maniobra considerada irregular por el tribunal.

La investigación judicial acreditó que el titular del comercio, Wang Zhuzhu, dispuso vacaciones colectivas y nunca reabrió el local, que pasó a ser explotado por otra firma. Cuando el personal intentó retomar sus tareas, se encontró con la negativa de ingreso y con la desaparición de la empresa empleadora.

El tribunal estableció que dos trabajadoras estaban deficientemente registradas, un empleado no había sido inscripto y que las condiciones laborales eran abusivas. Entre ellas se destacaron jornadas que superaban las nueve horas diarias, trabajo en domingos y feriados sin la debida remuneración y categorías asignadas por debajo de las tareas efectivamente realizadas.

Ante la falta de respuestas a los telegramas enviados por las y los empleados, varios de los cuales fueron devueltos con la leyenda “se mudó”, la Cámara entendió que la situación configuró una injuria laboral grave que habilitó a considerarse despedidos en los términos del artículo 242 de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT).

La sentencia ordenó el pago de indemnizaciones por despido incausado, diferencias salariales, vacaciones, aguinaldo y multas previstas en la Ley 25.323. También dispuso que se actualicen las sumas adeudadas, se abonen los intereses correspondientes y se entreguen las certificaciones laborales contempladas en el artículo 80 de la LCT.

El fallo señaló además que la derogación de algunas sanciones laborales prevista en la “Ley Bases” no resulta aplicable porque la desvinculación ocurrió antes de su entrada en vigencia. Al mismo tiempo, precisó que la continuidad de la explotación bajo otras personas no exime de responsabilidad al empleador original respecto de las obligaciones laborales con su personal.

Con esta resolución, el Poder Judicial de Río Negro advirtió que los cambios de titularidad en un comercio no pueden convertirse en un mecanismo para evitar responsabilidades frente a las y los trabajadores. La sentencia no está firme y puede ser apelada.

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