Fijan cuota alimentaria para dos niñas tras demanda de su madre

La jueza de Familia de Luis Beltrán ordenó el aporte económico del padre, ausente desde la separación

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La jueza de Familia de Luis Beltrán resolvió una demanda de alimentos presentada por una mujer en representación de sus dos hijas y condenó al padre al pago de una cuota alimentaria ajustada a su actividad laboral. El hombre, empleado temporario de una empresa, había dejado de ver a las niñas y no realizaba aportes desde la separación.

En la presentación, la madre explicó que se desempeña como ayudante de albañil y que afronta sola los gastos de educación, salud y las necesidades especiales derivadas de la discapacidad de una de sus hijas, que requiere asistencia e insumos diarios.

El fallo tuvo en cuenta que la mujer asumió en forma exclusiva el cuidado de las niñas, lo cual también constituye un aporte económico según lo establece el Código Civil y Comercial. La jueza señaló que en este caso existen necesidades impostergables que justifican la fijación de la cuota.

Durante el proceso, se comprobó que el hombre tiene un empleo registrado y que no presenta impedimentos de salud para trabajar. Además, no se presentó en el expediente, no ofreció pruebas ni contestó la demanda, lo que fue valorado de manera negativa en la resolución judicial.

La magistrada recordó que los progenitores están obligados a realizar esfuerzos razonables para cumplir con sus responsabilidades y que no es válido excusarse en ingresos insuficientes, salvo en situaciones excepcionales de imposibilidad real.

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