Condenan a un padre a pagar cuota alimentaria por incumplimiento de sus obligaciones

La justicia de Viedma ordenó una pensión mensual y reconoció la violencia económica ejercida contra la hija y la madre

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Una joven de 20 años de Viedma obtuvo un fallo favorable en un juicio por alimentos iniciado contra su padre, quien, según determinó la justicia, no cumplió con sus obligaciones parentales. La sentencia dispuso que el hombre deberá abonar una cuota mensual de 263 mil pesos, actualizable semestralmente en un 30%, y asumir el 50% de los gastos extraordinarios. En caso de acceder a un empleo formal, deberá aportar el 40% de sus ingresos.

De acuerdo con el expediente, la joven cursa el secundario en horario nocturno, no tiene empleo y depende exclusivamente del apoyo económico y afectivo de su madre. La mujer, sin trabajo registrado ni cobertura social, desempeñó a lo largo de los años distintas tareas informales, como limpieza, albañilería, cuidado de niñas y niños y recolección de cartones y tapitas, para garantizar la subsistencia de ambas.

La resolución judicial remarcó que la joven “carece de recursos suficientes para desenvolverse en su vida diaria” y que madre e hija residen en una vivienda estatal sin adjudicación formal, con servicios básicos pero en condiciones de habitabilidad precarias. El fallo también destacó que la familia atravesó situaciones de extrema necesidad, incluyendo la recolección de materiales reciclables como medio de sustento.

Durante el proceso, el demandado alegó desempleo y falta de ingresos formales, pero evitó la realización de un informe socioambiental al no presentarse a las citas fijadas. El juzgado consideró que esa conducta contravino el deber de colaboración en la producción de pruebas.

La jueza fundamentó la sentencia en los artículos 658, 659 y 662 del Código Civil y Comercial, que establecen la obligación de los progenitores de proveer alimentos hasta los 21 años cuando los hijos no pueden sostenerse por sus propios medios. Asimismo, incorporó perspectiva de género en el análisis, en línea con el artículo 5 del Código Procesal de Familia y la jurisprudencia del Superior Tribunal de Justicia de Río Negro, señalando que la falta de aporte económico paterno constituye violencia económica y genera una sobrecarga injusta sobre la madre.

Actualmente, la joven continúa con sus estudios secundarios y proyecta iniciar una carrera universitaria. Además, practica vóley, asiste a controles médicos y utiliza anteojos, gastos que hasta ahora fueron cubiertos únicamente por su madre y, de manera ocasional, por familiares maternos.

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