Condenan a empresa de seguridad a indemnizar a un cliente por cobros indebidos

La Justicia Civil de Viedma ordenó el pago de más de dos millones de pesos por daños moral y punitivo

Comentar

Un fallo de la Justicia Civil de Viedma condenó a la empresa ADT Security Services S.A. a indemnizar a un cliente por continuar cobrando un servicio de alarmas luego de que este solicitara su baja. La sentencia estableció el pago de 751.500 pesos por daño moral y 1.500.000 pesos por daño punitivo, más intereses.

El cliente había contratado el servicio, que incluía vigilancia domiciliaria, con pago mensual mediante débito automático en su tarjeta de crédito. Según consta en la causa, solicitó la cancelación del servicio a través de un llamado telefónico al número de atención 0810, y la baja fue confirmada por la empresa. Sin embargo, al mes siguiente se le cobraron dos cuotas del abono y en los dos meses posteriores se repitió el doble débito.

Tanto el cliente como su esposa realizaron múltiples reclamos telefónicos para exigir el cese de los cobros y la devolución del dinero, pero no obtuvieron respuesta favorable. Aunque finalmente se interrumpieron los débitos automáticos, no se reintegraron los montos cobrados indebidamente.

El hombre envió una carta documento reclamando la devolución, pero esta fue devuelta porque el domicilio declarado por la empresa no existía. Ante esta situación, decidió iniciar una demanda civil.

El juez consideró acreditada la continuidad de los cobros tras la baja y la falta de devolución de los importes, así como el incumplimiento de la empresa en garantizar un canal de comunicación efectivo con el cliente. La resolución fijó una indemnización que contempla tanto el daño moral ocasionado como una sanción por el accionar de la empresa, sumando más de dos millones de pesos en total, a los que se añadirán los intereses correspondientes.

También te puede interesar...