Con la presentación de los alegatos de clausura, concluyó este viernes el juicio oral por un hecho ocurrido el 22 de julio de 2024 en la localidad de San Javier, donde un hombre resultó gravemente herido tras recibir un disparo con arma de fuego. El veredicto será dado a conocer el próximo miércoles 7 de agosto.
Durante las dos jornadas que duró el debate ante un tribunal colegiado, el Ministerio Público Fiscal presentó prueba testimonial, documental y pericial para sustentar su acusación. Según la reconstrucción realizada por la parte acusadora, el imputado se presentó inicialmente en una vivienda habitada por trabajadores temporarios, increpó a uno de ellos por supuestos daños en su vehículo, se retiró y regresó poco después armado con una escopeta.
De acuerdo con los testimonios incorporados al juicio, el acusado golpeó el portón de entrada, rompió ventanas y exigió que salieran quienes estaban en el interior. En ese contexto, disparó a corta distancia contra uno de los hombres presentes, causándole lesiones de extrema gravedad en la región axilar. La víctima fue trasladada de urgencia y, según el informe médico, su vida se salvó únicamente gracias a la atención inmediata recibida.
La acusación sostuvo que el disparo fue dirigido a una zona vital del cuerpo, con un arma de carácter letal y a muy corta distancia. Según las pericias forenses, el proyectil causó daños severos que derivaron en múltiples intervenciones quirúrgicas, la amputación de un brazo y secuelas permanentes, tanto físicas como psicológicas. “Sintió que se iba a morir”, expresó la víctima durante su declaración, testimonio que fue respaldado por informes médicos y psicológicos.
El Ministerio Público pidió al tribunal que se declare la responsabilidad penal del acusado por los delitos de homicidio agravado por el uso de arma de fuego en grado de tentativa, amenazas agravadas y daño, en perjuicio de tres personas. Según los peritos, el arma utilizada tiene una efectividad superior al 90% al ser disparada a corta distancia, lo que refuerza, según la acusación, la intencionalidad de matar.
Asimismo, se destacó que el imputado huyó del lugar sin brindar asistencia, se deshizo del arma y trató de ocultarse. También se remarcó que no existen elementos que indiquen una alteración en su capacidad de comprensión o autodeterminación al momento de los hechos.
La Defensa Pública, en tanto, reconoció que su asistido fue quien protagonizó el hecho, pero pidió que el caso sea reencuadrado como lesiones gravísimas. Argumentó que no existió intención de matar y que la reacción del acusado se dio en un contexto confuso, bajo tensión emocional, con consumo de alcohol entre varios de los involucrados, y sin un vínculo previo entre las partes.
Entre otros elementos, la defensa aludió a los daños sufridos por el imputado en su vehículo, lo que generó una reacción impulsiva. También señaló que el hombre no pudo dominar su carácter en ese momento y que su accionar no debe interpretarse como un intento deliberado de quitarle la vida a la víctima.
Una vez concluidos los alegatos de las partes, el tribunal dio por clausurado el debate oral y fijó para el 7 de agosto la lectura del veredicto.

5 diciembre 2025
Judiciales