Condenan a empresa de Bariloche por despido discriminatorio tras accidente laboral

La Justicia laboral determinó que un trabajador fue cesanteado por su estado de salud, luego de sufrir un accidente en el frigorífico donde se desempeñaba

Comentar

Un trabajador de un frigorífico de Bariloche fue despedido tras sufrir un grave accidente laboral, y la Cámara del Trabajo local consideró que la desvinculación constituyó un acto discriminatorio. El hecho ocurrió cuando una media res cayó desde un gancho y lo empujó al piso, provocando que el cuchillo que sostenía se le incrustara en la rodilla. El fallo condenó a la empresa a pagar indemnización, daño moral y otras sumas adicionales.

Según consta en la sentencia, el incidente se produjo mientras el empleado realizaba tareas habituales. Producto del impacto, sufrió heridas con sangrado y dolor intenso. Fue trasladado al hospital público, donde recibió atención médica inmediata. En ese momento, la empresa no tenía contratada una cobertura de riesgos del trabajo, ya que la ART había rescindido el contrato por falta de pago.

Meses después, el empleador contrató nuevamente una aseguradora y denunció el accidente, pero lo hizo con una fecha posterior a la real, como si hubiera ocurrido bajo la nueva cobertura. La maniobra fue considerada fraudulenta por el tribunal, que analizó testimonios y documentación que confirmaron que el hecho había tenido lugar antes de la reactivación del seguro.

El trabajador recibió el alta médica luego de un largo período de recuperación que incluyó una intervención quirúrgica, uso de muletas y limitaciones físicas. Intentó reincorporarse en dos oportunidades, pero se le impidió el ingreso. Finalmente, recibió un telegrama de despido sin explicaciones.

Durante el juicio, la empresa intentó justificar la cesantía aludiendo a supuestas actitudes agresivas del exempleado, pero no presentó pruebas documentales que respaldaran esas afirmaciones. Solo declaró la expareja del empleador, quien afirmó haber escuchado dichos intimidatorios, aunque reconoció que ocurrieron luego del despido. Por el contrario, un excompañero de trabajo aportó un testimonio que respaldó la versión del trabajador, indicando que había intentado retomar sus tareas pese al dolor y las secuelas del accidente.

La Justicia laboral concluyó que no existió causa legítima para el despido y que este estuvo motivado por la condición de salud del empleado. También valoró que la denuncia del accidente fue realizada en forma extemporánea y con una fecha alterada, en un contexto sin cobertura de ART, lo que agravó la responsabilidad del empleador.

La sentencia ordenó a la empresa a abonar la indemnización por despido injustificado, sumas por daño moral, diferencias salariales y una multa por no haber entregado los certificados laborales al momento de la desvinculación.

También te puede interesar...