Dictaron sentencia por el homicidio de Nemesio Huinchaqueo

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En la sentencia también se absolvió por el beneficio de la duda a Juan Emiliano Rena y a Martín Melgarejo del delito de coautores de homicidio en ocasión de robo, pero “de acuerdo a las conclusiones indicadas supra, y el pedido expreso de las partes en tal sentido, se dispone extraer copias y previa certificación por Secretaría, remitir a la Fiscalía en turno, de todas las piezas pertinentes relacionadas con la detención y declaraciones de los testigos Aravena y Galindo, a fin de su análisis y eventual investigación de hechos relacionados con la situación”
 
La sentencia también puntualiza que “Del análisis y conclusiones arribadas, y teniendo en cuenta que al momento específico de producirse los disparos que en definitiva ocasionaron el óbito de Nemesio Andrés Huinchaqueo el imputado Melgarejo se habría encontrado privado de su libertad, en tanto los incusos Darío Nicolás Fernández, y Julio César Fernández no habrían sido los ejecutores de tales disparos. Que en ese momento y lugar se habrían ubicado al menos otros dos sujetos (dichos de P.B.) ó tres (conforme relato de R.L.)”.-
 
“Ello revela que más allá de lo aquí resuelto en relación a Rena, en la ejecución del hecho ha tomado participación al menos otro sujeto, no identificado al presente. Consecuentemente, y conforme la gravedad del hecho, corresponde extraer las copias pertinentes a efectos de que firme que sea, proceder a la ejecución de sentencia. Remitiendo la causa principal y efectos secuestrados al Juzgado de origen, a fin de que con intervención de la Fiscalía actuante, se dispongan las medidas pertinente respecto de ello y a la cuestión inherente a los dos sujetos que en motocicleta habrían producido roturas del vidrio del automóvil Fiat Uno alquilado por las víctimas, y sustraídos elementos de su interior”.
 
Los jueces Julio Sueldo, Marcelo Gutiérrez y Sonia Martín también resolvieron rechazar los planteos de nulidad que habían manifestado los defensores Carlos Vaccaro y Claudio Romero y que los magistrados habían diferido su tratamiento hasta esta instancia resolutiva.

 

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