Los magistrados rechazaron los planteos de nulidad efectuados por ambos involucrados.
Hicieron lugar parcialmente al recurso de apelación formulado por la defensa de Bernardi y, en consecuencia, confirmaron su procesamiento, modificando la calificación legal allí asignada, que se establece “como autor del delito de promoción de corrupción de menores”.
No obstante, admitieron el recurso de apelación interpuesto por la defensa de Juan Antonio Bernardi y, en consecuencia, revocar la prisión preventiva dictada a su respecto.
Asimismo rechazaron la apelación deducida por el doctor Guillermo Suárez y confirmaron en todos sus términos el dictado del auto de procesamiento con relación a Julio César Antueque.

21 enero 2026
Judiciales