Le vaciaron la cuenta y condenaron a Tarjeta Naranja

La Justicia ordenó devolver el dinero transferido y pagar una indemnización por daño moral a una clienta de El Bolsón

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Una mujer de El Bolsón descubrió que le habían transferido casi 600 mil pesos desde su cuenta de tarjeta de crédito a un destinatario desconocido sin su autorización. La maniobra la dejó sin fondos para pagar el resumen mensual y derivó en intereses, reclamos de deuda y una demanda judicial que terminó con una condena contra Tarjeta Naranja.

El fallo fue dictado por el juzgado Multifueros de El Bolsón, que responsabilizó a la empresa por no haber garantizado la seguridad del servicio digital utilizado por la clienta. La resolución ordenó devolver los 580 mil pesos transferidos, pagar una suma equivalente en concepto de daño moral y eliminar los intereses acumulados por la falta de pago del resumen.

Según se reconstruyó en el expediente, la mujer ingresó a la aplicación para cancelar la deuda de la tarjeta y advirtió que el dinero ya no estaba disponible. La operación cuestionada había sido realizada hacia una cuenta desconocida y, pese a los reclamos posteriores, la empresa mantuvo activa la deuda y rechazó el planteo de la usuaria.

La jueza consideró acreditado que la transferencia fue realizada desde una ubicación distinta a la de la clienta. Uno de los elementos centrales del caso fue el análisis de la dirección IP desde donde se registró la operación, dato que permitió sostener que la maniobra había sido ejecutada por terceros.

Durante el proceso, la empresa argumentó que la transferencia había sido validada mediante mecanismos de seguridad habituales. Sin embargo, el fallo señaló que no logró demostrar cómo funcionaron concretamente esos controles en este episodio ni acreditar que hubieran sido eficaces para prevenir la maniobra.

La resolución también remarcó que la demandada aportó registros internos de la aplicación, aunque esos elementos fueron considerados insuficientes para reconstruir técnicamente cómo se efectuó la transferencia. Además, la empresa había ofrecido una pericia informática que finalmente no se produjo, situación que debilitó su defensa en el expediente.

El juzgado encuadró el caso dentro de una relación de consumo y sostuvo que la firma tenía la obligación de garantizar condiciones de seguridad adecuadas en el uso de herramientas digitales. En paralelo, valoró la documentación presentada por la mujer, entre ella la denuncia policial, la carta documento y las constancias de los reclamos realizados luego del movimiento no autorizado.

El perjuicio económico no se limitó al monto transferido. Como no pudo pagar el resumen de la tarjeta, comenzaron a generarse intereses por mora que superaron los 95 mil pesos, además de advertencias de cobro y posibles medidas judiciales. El fallo ordenó también que no se inicien acciones para reclamar esa deuda ni se informe a la usuaria en registros de morosos.

La sentencia puso además el foco en las consecuencias personales que atravesó la clienta tras el episodio. La jueza destacó la falta de respuestas efectivas por parte de la empresa y el impacto que generaron las gestiones, el tiempo perdido y la incertidumbre sobre el destino del dinero sustraído.

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