Un playero de una estación de servicio de Bariloche deberá ser indemnizado por las secuelas fÃsicas y psicológicas que le dejó una agresión sufrida mientras trabajaba. La Justicia determinó que el ataque le provocó una incapacidad laboral permanente, parcial y definitiva del 65%, luego de acreditar que las lesiones afectaron su desempeño laboral, su vida social y sus actividades recreativas.
La decisión fue adoptada por la Cámara Segunda del Trabajo, que hizo lugar a la demanda iniciada por el trabajador y condenó a Experta ART S.A. a abonar la indemnización que surja de la liquidación judicial, con los intereses y adicionales previstos por la legislación vigente. El fallo, de primera instancia, aún no se encuentra firme y puede ser apelado.
Durante el proceso quedó acreditado que el hecho ocurrió cuando el empleado cumplÃa sus tareas habituales en una estación de servicio Axión. En ese momento, un hombre se acercó a uno de los surtidores y, sin mediar palabra, le dio un golpe de puño en el rostro. El agresor no fue identificado y tampoco pudieron establecerse los motivos del ataque.
Como consecuencia de la agresión, el trabajador sufrió una fractura conminuta de la pared anterior del seno maxilar izquierdo y debió ser sometido a una cirugÃa reconstructiva con reducción, osteosÃntesis y reconstrucción del piso de la órbita. Si bien la ART brindó las prestaciones médicas previstas por el régimen vigente hasta el alta, el hombre continuó con tratamientos especializados.
Para evaluar el alcance de las secuelas, el tribunal ordenó distintas pericias médicas y psicológicas. El informe oftalmológico determinó que el trabajador presenta visión doble en determinadas posiciones de la mirada, pérdida parcial del campo visual periférico izquierdo y un estrabismo derivado del traumatismo facial, condiciones que dificultan tareas que requieren visión periférica y generan compensaciones posturales.
La evaluación psicológica concluyó que desarrolló un trastorno por estrés postraumático de intensidad moderada a severa, acompañado por un cuadro depresivo. La perito estableció una relación causal directa entre ese diagnóstico y la agresión sufrida en el ámbito laboral, además de advertir que la falta de tratamiento podrÃa cronificar los sÃntomas.
Al analizar en conjunto las pruebas incorporadas a la causa, la Cámara otorgó pleno valor a los dictámenes de los especialistas y descartó las objeciones formuladas por la aseguradora, al considerar que no contaban con respaldo técnico suficiente. Además, declaró la inconstitucionalidad de un artÃculo de la Resolución 298/17 de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo, al entender que excluye conceptos salariales que deben integrar el ingreso base para calcular las prestaciones indemnizatorias.
30 julio 2026
Judiciales