La Fiscalía de Villa Regina solicitó una pena de siete años de prisión para
un hombre condenado por el delito de "abuso sexual con acceso
carnal". La solicitud fue presentada ante el Tribunal Colegiado
interviniente, luego de que en diciembre pasado se dictara la declaración de
responsabilidad penal contra el imputado.
Durante la audiencia, la fiscal del caso argumentó que la pena propuesta
contempla las circunstancias agravantes del hecho, entre ellas, el impacto que
el abuso tuvo en la víctima. Asimismo, se destacó el testimonio brindado por la
joven durante el juicio, en el que detalló el padecimiento sufrido y las
consecuencias del hecho en su vida cotidiana. Dichas declaraciones fueron
respaldadas por el informe de la psicóloga tratante, quien confirmó los efectos
del abuso en la salud emocional de la víctima.
El Ministerio Público Fiscal también señaló que el comportamiento del
imputado, quien enfrentaba otro proceso penal al momento del hecho, evidenciaba
"falta de empatía con su entorno". En contraste, la defensa del
acusado solicitó una pena de seis años de prisión. El Tribunal Colegiado dará a
conocer la sentencia el próximo viernes 21 de febrero a las 11:00, a través de
la plataforma Zoom.
Fundamentos de la condena
En la sentencia de diciembre, el Tribunal determinó que el abuso se produjo
en un contexto en el que la víctima inicialmente había accedido a mantener
relaciones sexuales con el acusado, pero posteriormente expresó su negativa de
manera verbal y física. A pesar de ello, el imputado llevó a cabo un segundo
acto sexual sin su consentimiento.
El fallo destacó que el consentimiento debe ser libre, voluntario,
inequívoco, activo, actual y continuo, señalando que la negativa de la víctima
fue clara y contundente. Según se detalló en la resolución, el imputado
"pudo comprender y conocer" que no contaba con el consentimiento en
la segunda oportunidad, pero aun así continuó con su accionar.
La investigación, llevada a cabo por el equipo fiscal de Villa Regina,
incluyó testimonios, informes periciales y otras pruebas que confirmaron las
circunstancias del hecho, así como el estado físico y emocional de la víctima
después del abuso. Durante el juicio, la joven brindó un testimonio considerado
determinante para la sentencia.
El Tribunal concluyó que la relación sexual dejó de ser consentida a partir
de la violencia ejercida por el acusado y de la clara oposición de la víctima.
En su resolución, remarcó que la resistencia expresada por la mujer, tanto
verbal como físicamente, marcó el límite entre una relación consentida y un
delito tipificado en el Código Penal.

5 diciembre 2025
Judiciales