El Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Río Negro desestimó la queja presentada por la defensa de un imputado y confirmó que deberá realizarse un nuevo juicio por jurados por el homicidio de un hombre de nacionalidad boliviana ocurrido en General Conesa.
La decisión ratifica lo resuelto previamente por el Tribunal de Impugnación, que había anulado parcialmente la sentencia absolutoria dictada en febrero de este año, cuando el acusado fue juzgado por homicidio agravado por el uso de arma de fuego y por odio a la nacionalidad.
En aquel debate, el jurado popular absolvió al imputado del delito más grave que se le atribuía, aunque durante la deliberación se registraron múltiples pedidos de aclaración. La fiscalía y la querella apelaron el resultado y el Tribunal de Impugnación entendió que existieron inconvenientes en la comprensión de las instrucciones, lo que derivó en la decisión de anular parcialmente el juicio. “El jurado no alcanzó ningún veredicto, ni de culpabilidad ni de no culpabilidad, por la ausencia de instrucciones adicionales adecuadas”, sostuvo en su resolución.
Ante ese fallo, la defensa interpuso primero una impugnación extraordinaria, que fue rechazada, y luego presentó una queja ante el Superior Tribunal. El máximo órgano judicial de la provincia descartó la presentación y señaló que la resolución cuestionada no constituye una sentencia definitiva, ya que “se limita a anular parcialmente una sentencia absolutoria y la audiencia respectiva para la realización de un nuevo debate, sin sentar criterios de fondo ni dar indicación alguna sobre la justicia del caso”.
En este marco, el STJ recordó doctrina propia según la cual, ante la ausencia de definitividad de lo decidido, no corresponde la invocación de arbitrariedad ni la alegación de violaciones a garantías constitucionales. De este modo, quedó firme la realización de un nuevo juicio por jurados para definir la responsabilidad penal del acusado.

5 diciembre 2025
Judiciales