Una mujer de 80 años recibirá una indemnización
significativa tras sufrir un accidente en un supermercado de General Roca. El
incidente ocurrió cuando tropezó con un tablón que sobresalía de una góndola,
lo que le ocasionó graves secuelas físicas y limitaciones en su vida cotidiana.
La Cámara Civil de Roca determinó que el resarcimiento será destinado a cubrir
los daños físicos, morales y psicológicos sufridos por la mujer.
El accidente afectó de manera drástica la calidad de vida de
la anciana, quien hasta entonces disfrutaba de buena salud y autonomía. Tras el
incidente, fue sometida a una cirugía de prótesis de cadera y, a pesar de los
tratamientos, su movilidad quedó severamente restringida. Actualmente, necesita
asistencia para tareas básicas como vestirse o salir de su hogar, y debe utilizar
un bastón para caminar.
La demanda, basada en la Ley de Defensa del Consumidor,
argumentó que el accidente podría haberse evitado si el supermercado hubiera
mantenido el área en condiciones seguras, evitando la colocación de elementos
peligrosos o señalando los posibles riesgos. El fallo de la Cámara triplicó la
indemnización original, buscando garantizar que la mujer pueda vivir con
dignidad y afrontar los costos de atención a largo plazo.
La sentencia citó la Convención Interamericana sobre
Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores, resaltando que la
indemnización no solo debe cubrir aspectos económicos, sino también los
sufrimientos y limitaciones personales, especialmente en la vejez. La Cámara
destacó el derecho de la demandante a una vida digna y a la accesibilidad, como
parte de su protección como integrante de un grupo vulnerable.
Si bien el supermercado fue responsabilizado por el
accidente, la Cámara Civil eximió a la empresa de una multa por daño punitivo,
al considerar que brindó atención inmediata a la mujer tras el incidente y que
no actuó con negligencia intencional.
10 octubre 2024
Judiciales