La Justicia finalmente clausuró el CEM 32 de Roca

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La clausura fue adoptada por el juez Juan Pablo Chirinos, tras una serie de audiencias e inspecciones en donde se constataron diversas fallas en el céntrico edificio.
El martes, tras idas y vueltas sobre la reapertura, los chicos tuvieron solo una hora de clases y tuvieron que ser retirados por sus padres debido a que al continuar la lluvia había riesgo de que algunas paredes estuvieran electrificadas.
Este miércoles se realizó una nueva audiencia, en donde el juez informó de su decisión de clausurar las instalaciones de la centenaria escuela. 
Pero el problema seguirá, en este caso ante la necesidad de reubicar a los alrededor de 1.000 alumnos que a diario asisten a ese colegio.
En principio, se buscará disponibilidad en otras escuelas del centro de la ciudad, y entre ellas se mencionaron la escuela 168, la 133, o el colegio María Auxiliadora. 
Todavía no había certezas sobre cuál sería el destino para los chicos.
Sí fueron reubicados los alumnos del colegio secundario nocturno que funcionaba en la misma escuela, bajo la denominación de CEM 73.
El juez Chirinos dispuso en su sentencia que en un plazo de 10 días los representantes de los padres y del Ministerio de Educación deberán acordar cuáles serán las reparaciones prioritarias para garantizar la seguridad y habitabilidad del edificio escolar.
 Deberán someterse a un proceso de mediación judicial, y en caso de no arribar a un acuerdo, será el juez el que dictamine las obras a realizar.
La sentencia judicial señala lo siguiente:
"I) HACER LUGAR A LA ACCIÓN DE AMPARO impetrada por los padres de los alumnos de la Escuela nro. 32 "Julio A. Roca" por entender que en las actuales condiciones edilicias no permiten el dictado de clases en dicha institución (art. 9 de la Ley 2.779, 43 de la Constitución Nacional y 43, 66 y ss de la Constitución Provincial).
II) DISPONER que en el día de la fecha se establezca un dispositivo para trasladar a todos los alumnos de la Escuela nro. 32, el que deberá ser notificado a este Tribunal por medio de correo electrónico a la dirección oficial del organismo (juzpen10roca@jusrionegro.gov.ar - jchirinos@jusrionegro.gov.ar - mgadano@justionegro.gov.ar). Todo ello bajo apercibimiento de ley (art. 239 CP), el cual se hará efectivo sobre las personas responsables de dictar la disposición de traslado, el vocal gubernamental de la Provincia de Río Negro, Prof. Fernando López, Coordinadora del Consejo de Educación A.V.E.I, Prof. Natalia Riquelme Rodríguez, y la Supervisora de Enseñanza Primaria A.V.E.I, zona I, señora Patricia Salgado.
III)  DISPONER que en el plazo de diez (10) días corridos los representantes de los padres de alumnos de la Escuela nro. 32 junto con los representantes del Ministerio de Educación deberán iniciar un proceso de mediación en el cual se establecerá cuáles son las reparaciones necesarias para el establecimiento educativo y la prioridad de las mismas. En caso de que ambas partes no lleguen a un acuerdo será este Tribunal el que las establezca.  A  fin de hacer operativas estas negociaciones, se da intervención a la Dirección de Métodos Alternativos de Resolución de Conflictos para que designe un veedor judicial que acompañe a las partes y reporte al juzgado el avance de las mismas (Art. 16 de la Ley 2.779).
IV) REQUERIR al veedor judicial de la DIMARC que informe a este Tribunal si las negociaciones dispuestas en el punto anterior fueron realizadas por las partes de buena fe (art. 21 y 22 de la Ley 2.779).
V) OFICIAR  a la Legislatura de la Provincia de Río Negro a fin de exhortarla a  que establezca un mecanismo de contratación que permita en forma urgente encarar este tipo de reparaciones, teniendo en cuenta que el proceso actual requiere como mínimo veinte (20) días de demora para el comienzo de las obras y en casos análogos al presente, dicho plazo se convierte en una real afectación a los derechos consagrados por la Constitución nacional, provincial y pactos internacionales.
VI) TENER presente la apelación planteada en la audiencia del día de la fecha por el doctor Arturo Enrique Llanos, representante de la Fiscalía de Estado.
Registrar, comunicar y notificar”.
 

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