Viedma: cayó de un camión y la Justicia ordenó indemnizarlo

El tribunal reconoció la existencia de una relación laboral no registrada y responsabilizó a la empresa por un accidente ocurrido en plena jornada de trabajo

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Un trabajador de Viedma deberá ser resarcido económicamente luego de haber sufrido un grave accidente laboral mientras realizaba tareas de reparto, tras una caída desde la caja de un camión en movimiento que le provocó una fractura de cráneo y secuelas permanentes. Así lo resolvió la Cámara del Trabajo local, al considerar acreditada la responsabilidad directa de la empresa empleadora por el siniestro y sus consecuencias.

De acuerdo con lo que surge del expediente judicial tramitado ante la Cámara del Trabajo de Viedma, el hecho ocurrió cuando el trabajador se encontraba desempeñando tareas habituales de reparto y el vehículo en el que se trasladaba realizó una maniobra brusca al doblar en una esquina. Como consecuencia, perdió el equilibrio y cayó sobre el asfalto, sufriendo un traumatismo encéfalo craneano grave, con pérdida de conocimiento y convulsiones.

Tras el accidente, el hombre fue trasladado de urgencia al hospital de Viedma, donde ingresó en estado crítico y requirió asistencia respiratoria. Debido a la complejidad del cuadro, fue derivado posteriormente a un centro de mayor complejidad, donde permaneció varios días internado en terapia intensiva.

El diagnóstico médico incluyó una fractura de cráneo y lesiones auditivas, lo que dio inicio a un prolongado proceso de rehabilitación luego del alta.

Según se expuso en la demanda judicial, la empresa para la cual prestaba servicios no denunció el accidente ante una aseguradora de riesgos del trabajo ni brindó cobertura médica. Además, el trabajador sostuvo que no se hizo cargo de los costos de su tratamiento y que la relación laboral no se encontraba registrada formalmente, percibiendo solo parte de su salario durante ese período.

Una vez otorgada el alta definitiva, el trabajador notificó a la firma su intención de reincorporarse a sus tareas, reclamó el pago de haberes adeudados y solicitó la regularización de la relación laboral. Ante la falta de respuesta por parte de la empresa, se consideró despedido por injuria grave y promovió una acción judicial ante la Cámara del Trabajo de Viedma.

En la sentencia, el tribunal reconoció la existencia de una relación laboral no registrada desde una fecha anterior al accidente y tuvo por acreditado que el siniestro ocurrió durante una jornada de trabajo. Asimismo, señaló que, al no contar con cobertura de una aseguradora de riesgos del trabajo, la responsabilidad por las consecuencias del accidente recae directamente sobre la empleadora.

Durante el proceso se incorporaron dos pericias médicas que determinaron que el trabajador presenta hipoacusia traumática en el oído izquierdo y un desorden mental orgánico, con impacto en su vida personal y social. En base a esas evaluaciones, la Cámara fijó una incapacidad parcial, permanente y definitiva del 29,76 %, calculada conforme al criterio de Capacidad Restante Residual.

Finalmente, la Cámara del Trabajo de Viedma ordenó el pago de las sumas reclamadas en concepto de indemnización y estableció un plazo de diez días para que la empresa cumpla con lo dispuesto en la resolución judicial.

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