La Cámara Laboral de Viedma ordenó a una aseguradora de riesgos del trabajo indemnizar a una mujer policía que fue asaltada mientras cumplía tareas de patrullaje en el barrio Santa Clara, al considerar acreditada una incapacidad laboral permanente derivada del ataque sufrido en ejercicio de sus funciones.
El hecho ocurrió en diciembre, cuando la agente recorría la zona cercana al hipermercado Chango Más, en momentos en que comenzaba a anochecer. Según se reconstruyó durante el proceso judicial, fue abordada por dos personas que, bajo amenaza con un arma de fuego, intentaron sustraerle el arma reglamentaria y sus pertenencias.
Ante la resistencia de la trabajadora, los agresores la atacaron físicamente. La golpearon, forcejearon con ella y la arrojaron al piso, arrastrándola varios metros hasta lograr quitarle el arma y escapar del lugar. Como consecuencia del episodio, la policía sufrió lesiones físicas en una mano, un codo y una rodilla, que requirieron atención médica.
Además de las lesiones corporales, el ataque tuvo un impacto psíquico persistente. De acuerdo a lo acreditado en la causa, el hecho alteró su estado emocional y afectó su desempeño laboral, su vida familiar y su vinculación social. En una primera instancia, la ART brindó asistencia médica, tratamiento psicológico y psiquiátrico, además de licencias laborales, y luego otorgó el alta.
Posteriormente intervino la Comisión Médica N.º 18 de Viedma, que en agosto de 2023 reconoció la existencia de una incapacidad derivada del accidente laboral, aunque la fijó en un 6%. La trabajadora manifestó su disconformidad con ese porcentaje y promovió una demanda judicial para que se revisara el grado de incapacidad.
Durante el juicio, la aseguradora solicitó el rechazo de la demanda. Argumentó que había cumplido con las obligaciones previstas en la Ley de Riesgos del Trabajo, que las prestaciones fueron otorgadas en tiempo y forma y que la incapacidad ya había sido determinada en sede administrativa. También cuestionó el cálculo indemnizatorio reclamado.
En el marco del proceso judicial se produjo una pericia médica que concluyó que la mujer presenta un trastorno de estrés postraumático de carácter crónico, directamente vinculado al asalto. El informe detalló síntomas como reexperimentación del trauma, hipervigilancia, trastornos del sueño, ansiedad y un deterioro funcional incompatible con tareas policiales operativas, especialmente aquellas que implican situaciones de riesgo o portación de armas.
Al resolver el caso, los jueces señalaron que no estaba controvertida ni la existencia del siniestro ni la responsabilidad de la demandada en los términos de la Ley 24.557. También destacaron que el hecho ocurrió en un contexto propio del riesgo laboral y otorgaron plena validez a la pericia médica producida en el expediente.
En ese sentido, el tribunal tuvo por acreditada una incapacidad laboral parcial, permanente y definitiva del 28%, directamente relacionada con el episodio violento, y consideró que el daño psíquico no podía ser minimizado por el dictamen administrativo previo. Finalmente, la Cámara Laboral condenó a la ART a abonar una indemnización de cuatro millones de pesos a la trabajadora.

19 diciembre 2025
Judiciales