Tras pedido judicial, un niño continuará viviendo con su padre

La Justicia de Familia resolvió la restitución del hijo de tres años a su progenitor, garantizando el derecho a la vida familiar y el interés superior del niño

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La Justicia de Familia dispuso que un niño de tres años continúe residiendo con su padre tras un proceso judicial iniciado luego del fallecimiento de su madre en un siniestro vial. La medida se adoptó en el marco de un pedido de restitución presentado por el progenitor, luego de que la abuela materna se opusiera a la mudanza de ambos a otra ciudad.

El trámite judicial se extendió por aproximadamente diez meses e incluyó la intervención de la Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia (SENAF) y de la Defensoría de Menores e Incapaces, que acompañaron la decisión de reintegrar al niño a su padre, quien detenta la responsabilidad parental.

Los informes de los Equipos Técnicos Interdisciplinarios de ambas jurisdicciones valoraron la calidad del vínculo afectivo entre padre e hijo. Se destacó la capacidad del progenitor para brindar contención emocional, empleando recursos de comunicación y empatía, además de la existencia de una red familiar de apoyo. Los equipos constataron que el niño se encuentra contenido en sus necesidades básicas y afectivas, y se mostró integrado en su nuevo entorno.

La jueza de Familia y la Defensora de Menores se trasladaron a la ciudad donde actualmente residen el niño y su padre para entrevistarse con el pequeño. En presencia del equipo técnico, se corroboraron las conclusiones ya vertidas en los informes previos, lo que reforzó el criterio favorable a la restitución.

En su dictamen, la Defensora de Menores señaló que las pruebas reunidas demostraron la cobertura de las necesidades del niño y la centralidad del padre como figura de referencia. El fallo destacó la vigencia de los principios de la Convención sobre los Derechos del Niño, la Ley 26.061 de Protección Integral y el Código Civil y Comercial de la Nación.

La magistrada de Familia resolvió hacer lugar al pedido de restitución, subrayando la inexistencia de riesgos en la continuidad del cuidado paterno. Además, estableció como condición el respeto del derecho del niño a mantener comunicación con su abuela y su familia materna, preservando así sus vínculos afectivos.

“El principal protagonista resulta ser el niño como sujeto de derecho dentro de las relaciones familiares y las decisiones deben responder a su verdadero interés superior”, concluyó la jueza en su resolución.

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