El Superior Tribunal de Justicia de Río Negro (STJ) rechazó la acción de inconstitucionalidad presentada por la Asociación de Propietarios de Automóviles Taxímetros (Apat) contra tres resoluciones del intendente de Bariloche que convocaban a un referéndum popular. La decisión despeja el camino para que la ciudadanía se exprese en las urnas sobre la posible habilitación de plataformas electrónicas de transporte como Uber y Cabify.
La presentación había sido realizada por el presidente de Apat, quien cuestionó las resoluciones 1453-I-2025, 1459-I-2025 y 1589-I-2025. Según el dirigente, esas disposiciones afectaban directamente la actividad y el patrimonio de los taxistas, al permitir el avance de servicios alternativos sin la intervención previa del Concejo Deliberante. La asociación planteaba que la convocatoria era inconstitucional porque atribuía al Poder Ejecutivo Municipal facultades que, a su entender, corresponden únicamente al órgano legislativo local.
El tribunal, en sintonía con el dictamen del Procurador General, consideró que la acción no cumplía con los requisitos formales para avanzar. En el fallo se remarcó que no se había acreditado un perjuicio concreto, inmediato y sustancial a los derechos de la asociación o de sus integrantes, sino que se trataba de un planteo de carácter general sobre la legalidad de las resoluciones.
El máximo órgano judicial recordó que para habilitar una acción de inconstitucionalidad es necesario demostrar un agravio real y no hipotético. También subrayó que no corresponde al Poder Judicial pronunciarse de manera consultiva sobre la validez constitucional de normas, ya que ello contravendría el principio de división de poderes.
En su análisis, el STJ señaló que la mera referencia a una presunta invasión de competencias del Concejo Deliberante o a principios democráticos no resulta suficiente para suplir la falta de legitimación de la parte actora. Además, puntualizó que el referéndum convocado no se limitaba a la regulación del transporte por aplicaciones, sino que abarcaba otras propuestas sin relación directa con los intereses de los taxistas.
Finalmente, la sentencia concluyó que Apat no demostró tener legitimación suficiente ni configuró un caso judicial que habilitara el análisis de fondo. En consecuencia, el reclamo fue rechazado y quedó habilitada la continuidad del proceso de consulta popular impulsado en Bariloche.

5 diciembre 2025
Judiciales