En un fallo reciente, la Justicia de Río Negro dispuso medidas concretas para garantizar el cumplimiento de la cuota alimentaria en favor de tres niños de la Línea Sur, luego de que se verificara un incumplimiento sostenido desde 2018. La decisión incluyó la inhibición general de bienes del padre, medida que busca asegurar el pago y evitar maniobras que puedan impedir la percepción de los alimentos fijados por sentencia.
El caso comenzó tras la separación de la pareja, cuando la madre asumió en forma exclusiva el cuidado de sus hijos de 5, 7 y 11 años. En ese contexto, inició los trámites para formalizar una cuota alimentaria, con asesoramiento de la defensa pública.
Durante el proceso, ambas partes presentaron pruebas y se solicitó la intervención del Departamento de Servicio Social del Poder Judicial, que elaboró un informe detallando la situación. La trabajadora social a cargo sostuvo que la madre, al estar dedicada de manera exclusiva a las tareas de cuidado, requiere un ingreso adicional para sostener el hogar, ya que no puede acceder a empleos con jornadas fuera de su domicilio debido a la edad y necesidades de los menores.
En el mismo informe se señaló que no existen constancias de que el progenitor enfrente limitaciones para generar mayores ingresos, y que su contacto con los hijos no es frecuente. Además, se consignó que trabaja de manera sostenida en una barraca de lana durante la temporada y que fuera de ese período mantiene otras actividades laborales.
Ante estos elementos, la jueza de Familia interviniente resolvió, a pedido de la Defensoría de Menores N° 1 de General Roca, aplicar el Artículo 550 del Código Civil y Comercial, que habilita medidas cautelares para asegurar el pago de alimentos. La disposición incluyó la inhibición general de vender o gravar un automóvil de su propiedad, con el objetivo de garantizar el cumplimiento de la cuota alimentaria establecida.
La resolución, según explicaron fuentes del Poder Judicial, busca no solo asegurar el cobro inmediato, sino también generar previsibilidad en el cumplimiento de las obligaciones alimentarias, especialmente en contextos donde la economía familiar depende de un único ingreso y los cuidados recaen de forma exclusiva en uno de los progenitores.

5 diciembre 2025
Judiciales