Ordenan inscribir a una niña con el apellido paterno

Un fallo judicial resolvió una demanda de filiación tras la negativa de la madre a incluir el apellido del padre

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Un hombre logró que su hija lleve su apellido tras iniciar una demanda de filiación. La decisión judicial se dictó luego de que la menor fuera inscripta sólo con el apellido materno, a pesar de los reiterados intentos del progenitor por intervenir en el proceso.

El caso se originó cuando el hombre tomó conocimiento del embarazo meses después de la separación con su expareja. Según el expediente, el padre intentó establecer vínculos y gestionar su reconocimiento legal antes del nacimiento, pero no obtuvo respuesta. Posteriormente, al intentar llegar a un acuerdo extrajudicial para modificar el apellido de la niña, tampoco hubo consenso, por lo que inició acciones legales.

Durante el proceso, la madre argumentó que el reconocimiento paterno se realizó cuando la menor ya tenía cinco meses y que la inscripción en el Registro Civil se había efectuado previamente. Como alternativa, propuso que el apellido del padre se ubicara en segundo lugar, algo que fue rechazado por el demandante.

La jueza interviniente resolvió a favor del padre, basándose en lo dispuesto por el Código Civil y Comercial. La normativa establece que el apellido de un menor puede ser elegido entre los de sus progenitores y, en caso de desacuerdo, se pueden incluir ambos. En este caso, se consideró que el interés superior de la niña no se vería afectado por la modificación.

El fallo determinó que la menor fuera inscripta con el apellido paterno en primer lugar, en concordancia con su hermano mayor. La jueza aclaró que la única excepción a esta decisión hubiera sido la oposición expresa de la niña, algo que no era posible debido a su corta edad. De esta manera, se resolvió la disputa legal en favor de la filiación reclamada por el padre.

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