Una joven de Viedma, próxima a iniciar sus estudios
universitarios en La Plata, enfrentó un inconveniente significativo cuando
Frávega canceló sin previo aviso la compra de electrodomésticos que realizó a
través de su plataforma online. El hecho derivó en un juicio que culminó con la
condena de la empresa a pagar una indemnización al cliente afectado.
La estudiante adquirió una heladera y un lavarropas,
productos esenciales para equipar su nuevo hogar. La compra alcanzó el límite
de su tarjeta de crédito, lo que dejó al cliente sin capacidad de realizar
otras compras. Dos días después de la operación, la empresa canceló la compra
sin proporcionar una razón clara y señaló que la devolución del dinero tardaría
diez días hábiles en acreditarse. Esta situación generó un perjuicio al padre
de la joven, quien tuvo que buscar otros medios para adquirir los
electrodomésticos necesarios.
Frávega justificó la cancelación alegando “inconsistencias
en los datos brindados por el cliente”, ya que la entrega de la mercadería se
realizaría en La Plata, mientras que el domicilio declarado del comprador
estaba en Río Negro. Según la empresa, el sistema de validación de identidad
rechazó la compra automáticamente para "proteger al cliente".
Sin embargo, el Juzgado de Paz de Viedma concluyó que se
trataba de una relación de consumo y que Frávega no informó de manera clara las
posibles causas de cancelación de la compra antes de realizar el cobro. El juez
señaló que la empresa actuó con falta de claridad y desinterés hacia los
derechos del consumidor.
El fallo condenó a la empresa a pagar 155 mil pesos por daño
extrapatrimonial y otros 250 mil pesos en concepto de daño punitivo, debido a
la negligencia en la gestión de la información brindada al cliente. La
sentencia destacó que la falta de advertencia previa sobre la cancelación causó
un perjuicio que pudo evitarse.
8 octubre 2024
Judiciales