Víctor Ángel Cufré
La Cámara resolvió: “Absolver de culpa y cargo a Víctor Ángel Cufré, (...) en orden al delito de abuso de autoridad (Arts. 248 del C. Penal), por el que fuera traído a juicio, (Art. 372, 374, 375, 378 y concordantes del C.P.P.), sin costas”.
Los días 14 y 19 de abril, y 6 de mayo de 2016, se llevaron a cabo las audiencias de debate oral y público con la presencia de la Agente Fiscal Itziar Soly y el imputado Víctor Ángel Cufré, junto con su letrado defensor Edgardo Corvalán.
La Agente Fiscal, Itziar Soly, había solicitado la pena de un año de prisión en suspenso y dos años de inhabilitación para ocupar cargos públicos, mientras que su defensor había pedido la absolución.
Alcides Pinazo y Luis Rolando Wyss
En este caso, la Cámara resolvió “Absolver de culpa y cargo al encartado Alcides Pinazo, (…) en orden a los delitos de Fraude a la Administración Pública en la modalidad de Administración Fraudulenta, en concurso ideal con Abuso de Autoridad e Incumplimiento de los deberes de funcionario público (Arts. 54, 174 inc. 5° en función del art. 173 Inc. 7° y 248 del C. Penal), por el que fuera traído a juicio, (Art. 372, 374, 375, 378 y concordantes del C.P.P.), sin costas”.
También se resolvió: “Absolver de culpa y cargo al encartado Luis Rolando Wyss, (...) en orden a los delitos de “Fraude a la Administración Pública en la modalidad de Administración Fraudulenta, en concurso ideal con Abuso de Autoridad e Incumplimiento de los deberes de funcionario público (Arts. 54, 174 inc. 5° en función del art. 173 Inc. 7° y 248 del C. Penal), por el que fuera traído a juicio, (Art. 372, 374, 375, 378 y concordantes del C.P.P.), sin costas”.
Por este caso el 8, 11 y 13 de abril de 2016 se llevaron a cabo las audiencias a las que asistieron el Fiscal de Cámara Hernán Trejo, los imputados Alcides Pinazo, y Luis Rolando Wyss junto con los letrados defensores Néstor Larroulet (Defensor de Wyss) y Hugo Lapadat (Defensor de Pinazo).
El Fiscal de Cámara Hernán Trejo había afirmado, con respecto al delito de defraudación al estado, que no se había podido acreditar la participación de los imputados por lo que en función del art. 4° del C.P.P. solicitó la absolución de ambos imputados.
Pero en relación al delito de incumplimiento de los deberes del funcionario público y abuso de autoridad, siendo que Pinazo era presidente y Wyss secretario de dirección, había solicitado la pena de seis meses en suspenso y un año de inhabilitación para ejercer cargos públicos para Alcides Pinazo y para Luis Rolando Wyss solicitó tres meses en suspenso y seis meses de inhabilitación para ocupar cargos públicos.

13 enero 2026
Judiciales