Aguilar fue ultimado con un disparo de una carabina de repetición, cuyo proyectil - que fue extraído del cuerpo de la víctima en la autopsia- causó una herida violenta entre el pómulo y la cien derechos de su cabeza, produciendo un traumatismo de cráneo encefálico que provocó su muerte.
Según la investigación realizada, ambos hombres habían mantenido una relación de amistad que finalizó porque los dos mantuvieron a su vez, una relación amorosa con una mujer que, días antes del homicidio, había abandonado a Contrera para volver a convivir con Aguilar.
Entre la prueba valorada, el titular de la Fiscalía de Delitos contra las personas da cuenta del arma encontrada en un campo allanado, propiedad del patrón de Contrera, en el que éste se escondió y a la cual, según el informe del Gabinete de Criminalística, corresponde la bala que dio muerte a Aguilar. Diversos testimonios relacionan dicho
elemento con el acusado y constan también resultados positivos de pruebas de dermotest.
Todas las declaraciones testimoniales confirman a su vez, la relación de amistad que había existido entre los hombres y la de cada uno de ellos con la mujer. Asimismo, diversos testimonios agregan, a la cuestión sentimental, un móvil económico ya que la mujer, antes de abandonar la vivienda que compartía con Contrera, le habría arrebatado a éste, sus ahorros.
Existe también material fílmico, registrado por las cámaras del Ministerio de Seguridad y Justicia de Río Negro, que en tres diversas oportunidades muestran al vehículo propiedad de Contrera en calles cercanas al lugar de los hechos en el lapso horario en el que se habría producido el homicidio (entre las 7.20 y las 10.25 hs. del 28 de febrero de 2015).
Finalmente el fiscal sostiene que la alevosía “se configura desde el mismo instante en que Contrera, con conocimiento y voluntad, procedió a dar muerte a Aguilar aprovechando a tales fines que el mismo se encontraba completamente desnudo y durmiendo en su cama, asegurando un resultado positivo y sin riesgos para su integridad como consecuencia de
actos defensivos de la víctima”.

13 enero 2026
Judiciales