Dictan prisión preventiva a dos hombres por casos de violencia de género en Lamarque

La fiscalía de Choele Choel formuló cargos y solicitó medidas cautelares para evitar nuevos ataques y garantizar el avance de las investigaciones

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La fiscalía descentralizada de Choele Choel formuló cargos en dos causas distintas por hechos enmarcados en violencia de género ocurridos en la localidad de Lamarque. En ambos casos, solicitó la prisión preventiva de los imputados para resguardar la integridad de las víctimas y evitar que las investigaciones se vean obstaculizadas.

El primer hecho investigado habría ocurrido entre el 23 y el 30 de septiembre de este año, cuando un hombre presuntamente agredió en dos oportunidades a su pareja, con quien convivía. La fiscalía pidió la prisión preventiva, y pese a la oposición de la defensa penal pública, el juez de Garantías resolvió mantener la medida cautelar.

La causa fue calificada legalmente como *“lesiones leves doblemente agravadas en el marco de violencia de género en concurso real con privación ilegítima de la libertad agravada”*, según lo dispuesto en los artículos 142 inciso 2°, 89, 92 en función del artículo 80 incisos 1° y 11°, 45 y 55 del Código Penal, con afectación de la Ley 26.485 de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres.

El segundo caso se registró el 1° de octubre también en Lamarque. De acuerdo con la acusación, el imputado habría agredido a su pareja en la vivienda que comparten junto a sus hijos y la hija de la mujer. Durante el episodio, el hombre despertó a las y los menores y golpeó a uno de ellos. Ante estos hechos, la fiscalía solicitó la prisión preventiva por cuatro meses, medida que fue concedida por el juez interviniente.

En este expediente, los cargos fueron formulados por *“lesiones leves doblemente agravadas por existir una relación de pareja y por haber sido cometidas por un hombre contra una mujer mediando violencia de género; lesiones leves triplemente agravadas por el vínculo (ascendiente) y con el propósito de causar sufrimiento a su pareja, y coacción, todo en concurso real”*, conforme a los artículos 89, 92 en función del artículo 80 incisos 1°, 11° y 12°, 149 bis segundo párrafo, 45 y 55 del Código Penal, con aplicación de las leyes 26.485 y 26.061.

Ambas causas continuarán con una etapa de investigación penal preparatoria que se extenderá durante los próximos cuatro meses. Durante ese período se reunirán pruebas y testimonios para determinar la responsabilidad penal de los imputados en los hechos denunciados.

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