La obra social estatal deberá entregar una silla de ruedas y pañales especÃficos a un niño con discapacidad, luego de que el Superior Tribunal de Justicia (STJ) confirmara un fallo que hizo lugar parcialmente a un amparo presentado por su madre. El máximo tribunal consideró que los procedimientos administrativos no podÃan demorar el acceso a prestaciones vinculadas con la salud del menor.
La resolución se conoció tras el rechazo de la apelación presentada por la FiscalÃa de Estado, que actuó en representación de la obra social. En su planteo sostuvo que nunca se habÃa negado la cobertura y que tanto la provisión de la silla de ruedas como el resto de las prestaciones se encontraban en trámite, sujetas a los plazos previstos por el régimen de contrataciones públicas y las auditorÃas médicas.
El STJ entendió que esos argumentos no alcanzaban para modificar la sentencia de primera instancia. Los jueces señalaron que la discusión planteada por la demandada se centró en aspectos administrativos, sin desvirtuar los fundamentos que justificaron la orden judicial de entregar los elementos prescriptos por los profesionales tratantes.
Respecto de los pañales, el tribunal observó que el informe de auditorÃa describÃa las caracterÃsticas generales del producto suministrado por la obra social, pero no evaluaba las necesidades particulares del niño. Además, remarcó que la propia auditorÃa reconocÃa que el cambio de talle solicitado aún permanecÃa pendiente.
La sentencia también tuvo en cuenta que la madre informó una mejora en el cuadro de dermatitis de su hijo luego del cambio de marca de los pañales. Ese dato, indicó el fallo, no fue controvertido mediante una evaluación médica especÃfica realizada por la obra social, por lo que el tribunal consideró acreditadas las necesidades concretas del menor.
Finalmente, el STJ descartó que la decisión judicial implicara una intromisión en el funcionamiento del organismo. Señaló que el exhorto para actuar de manera "diligente, rápida y oportuna" no altera el régimen de contrataciones ni los procedimientos internos, sino que procura evitar demoras injustificadas en la respuesta administrativa.
En sus fundamentos, el tribunal recordó que los niños y las personas con discapacidad cuentan con una protección reforzada por parte del Estado y sostuvo que las polÃticas públicas deben garantizar el máximo nivel posible de acceso a la salud, la rehabilitación y la integración social, especialmente cuando se trata de prestaciones indispensables para su calidad de vida.
31 julio 2026
Judiciales