Mandó los muebles desde Córdoba y llegaron rotos: la Justicia le dio la razón

Un vecino de San Antonio Oeste ganó una demanda tras recibir electrodomésticos dañados en un envío desde Córdoba

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Un vecino de San Antonio Oeste ganó una demanda contra una empresa de transporte luego de que sus muebles y electrodomésticos llegaran visiblemente dañados desde Córdoba. El fallo, emitido por el Juzgado de Paz local, se basó en pruebas aportadas por el damnificado y aplicó la Ley de Defensa del Consumidor para resolver el conflicto.

El caso se inició cuando el hombre, tras coordinar el traslado de sus pertenencias desde la provincia mediterránea hacia la localidad rionegrina, recibió varios de los objetos en malas condiciones. Entre los elementos dañados se registraron una heladera con abolladuras y golpes, una unidad externa de aire acondicionado en similar estado y una mesa de luz que llegó sin manijas ni puertas.

La demanda fue presentada bajo el procedimiento de menor cuantía, con intervención de la jueza de Paz suplente, quien consideró que existió una clara relación de consumo entre las partes. En ese marco, la resolución se centró en la responsabilidad de la empresa prestadora del servicio, que no logró demostrar hechos que justifiquen el mal estado de los productos transportados ni ofreció evidencia que limite su responsabilidad.

Entre las pruebas aportadas por el cliente, el juzgado valoró especialmente un video en el que se observan las abolladuras en la heladera, así como una serie de fotografías que dan cuenta del estado en que llegaron algunos de los bienes. Además, el hombre presentó la guía de transporte y el intercambio de correos electrónicos mantenido con la empresa, en los que reclama por los daños y solicita una compensación.

Una parte central del fallo también abordó el seguro contratado. La magistrada advirtió discrepancias entre lo ofrecido y lo efectivamente cubierto, cuestión que influyó en la resolución final. La empresa no logró justificar por qué no se activaron mecanismos de compensación previstos ante siniestros o daños durante el traslado.

Con este fallo, el Juzgado de Paz sentó precedente en cuanto a la responsabilidad de las empresas que ofrecen servicios de transporte de bienes personales. La sentencia refuerza la aplicación de los principios establecidos en la Ley de Defensa del Consumidor y destaca la importancia de documentar con precisión el estado de los bienes ante cualquier tipo de reclamo posterior.

Desde el ámbito judicial se recordó que este tipo de reclamos pueden canalizarse en los Juzgados de Paz de cada localidad y que, en casos de menor cuantía, el trámite puede realizarse de forma ágil y sin necesidad de asistencia letrada obligatoria.

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