Nació cinco días después de que su padre muriera. Durante más de sesenta años vivió sin ese apellido, sin ese reconocimiento formal que no llegó por ausencia de voluntad, sino por la imposibilidad de que se concretara en vida. Pero no se resignó. Junto a sus tres hermanas, inició un camino legal para recuperar aquello que les pertenecía: su identidad. Y lo consiguió.
El padre había fallecido el 20 de septiembre de 1959. Por entonces, la ley no contemplaba muchas herramientas para los nacimientos por fuera del matrimonio si no había una manifestación expresa del varón. La pareja, que había convivido durante años, nunca formalizó su unión. Y al momento de registrar a los hijos, no hubo otra opción que hacerlo con el apellido materno.
Décadas después, los hermanos acudieron al fuero de Familia de Bariloche. Presentaron una demanda conjunta con una prueba contundente: un estudio genético realizado por el Laboratorio Regional de Genética Forense. La pericia arrojó una probabilidad de paternidad del 99,9991% y fue validada por el organismo, que confirmó su intervención en todas las etapas del procedimiento.
El caso avanzó sin objeciones. El Ministerio Público Fiscal se pronunció a favor de la petición, y el Registro Civil también avaló la solicitud. Ambas posturas quedaron incorporadas al expediente.
La jueza que intervino sostuvo que el derecho a la identidad estaba claramente acreditado. Subrayó que el análisis de ADN constituía una prueba concluyente y citó jurisprudencia que obliga al Estado a garantizar el emplazamiento filial de todas las personas, incluso fuera de los vínculos matrimoniales.
La sentencia no solo reconoció el vínculo biológico en los registros públicos, sino que también autorizó a que el hombre —ya adulto mayor— pudiera llevar el apellido paterno. La resolución también alcanzó a sus hermanas.
"Las acciones de filiación no dependen exclusivamente de la voluntad privada", enfatizó el fallo, recordando que estas causas están atravesadas por normas de orden público que buscan dar certeza legal y respeto a la verdad biológica.
La historia, aunque marcada por el paso del tiempo, reafirma que nunca es tarde para obtener justicia. Que el derecho a la identidad es imprescriptible. Y que un apellido, aún después de sesenta años, puede llegar a ocupar el lugar que siempre debió tener.
17 julio 2025
Judiciales