El Juzgado de Paz de Viedma condenó a una empresa financiera por incurrir en
publicidad engañosa en redes sociales, al ofrecer préstamos personales sin
informar adecuadamente las condiciones del servicio. La resolución judicial
consideró que la firma violó la Ley de Defensa del Consumidor al omitir
información esencial en sus promociones.
El caso se originó a partir de la denuncia de una vecina que, en enero de
este año, recibió un mensaje de WhatsApp con una oferta de créditos dirigidos a
personas empleadas en el sector público. La propuesta, también difundida en
Facebook, aseguraba acceso a préstamos “en cuotas fijas y sin veraz”, y
garantizaba que todo el trámite podía realizarse desde el celular. Tras enviar
la documentación solicitada, recibió la confirmación de que la operación estaba
finalizada, pero posteriormente fue informada de que no podía acceder al
crédito debido a su situación financiera.
La demandante sostuvo que en ningún momento se le informó que el análisis
crediticio quedaba en manos de entidades externas a la firma Prestarte Net,
responsable de la promoción. Esta omisión fue uno de los puntos centrales del
fallo, que calificó la situación como una “violación al deber de información”
establecido por la normativa de defensa de consumidores y usuarios.
El tribunal entendió que la empresa, en su rol de intermediaria financiera,
debía brindar desde un primer momento información clara, completa y veraz sobre
los requisitos del crédito. También cuestionó el trato posterior recibido por
la consumidora, quien, además de ver frustrada la operación, fue notificada
mediante una carta documento que le exigía desistir de cualquier reclamo.
El fallo reconoció un resarcimiento por daño moral a la afectada, en función
de la carga emocional generada por la expectativa incumplida y por las gestiones
necesarias para obtener una respuesta judicial. Asimismo, se impuso una multa
civil a la empresa —conocida como daño punitivo— con el objetivo de sancionar
su conducta y desalentar prácticas similares dentro del rubro.
Desde el juzgado se remarcó que este tipo de prácticas comerciales pueden
afectar especialmente a personas en situación de vulnerabilidad económica, por
lo que se hizo hincapié en la necesidad de una conducta más transparente por
parte de las entidades que operan en el sector financiero.

5 diciembre 2025
Judiciales