Viedma: ordenan indemnización millonaria a trabajador sin registrar

Un operario con secuelas permanentes tras un accidente deberá recibir 60 millones de pesos por despido y daños

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Un tribunal de Viedma resolvió que una empresa local de servicios de internet y un subcontratista deberán indemnizar con 60 millones de pesos a un trabajador no registrado que sufrió un accidente de tránsito mientras regresaba a su domicilio luego de cumplir su jornada laboral. El hecho, ocurrido en la ex ruta 3, provocó secuelas permanentes que le impidieron retomar sus tareas.

La persona afectada se desempeñaba en tareas de tendido de fibra óptica y cumplía horarios extensos, de lunes a viernes de 7 a 19:30, y los sábados hasta las 13, sumando también domingos según requerimientos del servicio. El vínculo laboral, que comenzó en el año 2020 según lo acreditado por el tribunal, no fue formalizado mediante el correspondiente registro legal.

El accidente ocurrió al finalizar una jornada laboral, y como consecuencia del siniestro, el operario quedó con una incapacidad parcial y permanente del 55,60 por ciento. La cifra fue determinada a partir de pericias médicas y psicológicas incorporadas a la causa judicial.

El tribunal declaró que el vínculo laboral existía pese a no haber sido registrado, y concluyó que el despido sufrido durante un período de incapacidad tuvo carácter discriminatorio. Se consideró que el cese del vínculo se produjo mientras el trabajador atravesaba una etapa de recuperación física, lo que agrava su carácter lesivo.

Además, se determinó la responsabilidad solidaria de la empresa contratante, que había negado ser la empleadora directa. No obstante, el fallo estableció que al haber contratado servicios esenciales para su actividad sin fiscalizar el cumplimiento de las obligaciones laborales, de higiene y seguridad, ni la contratación del seguro correspondiente, la firma debía asumir las consecuencias legales del vínculo.

En cuanto a la aseguradora involucrada en la demanda, el tribunal resolvió su desvinculación del proceso por falta de prueba que confirmara la afiliación del trabajador al sistema bajo el empleador mencionado.

El fallo incorpora lineamientos que reafirman la responsabilidad de las empresas en la fiscalización del cumplimiento de normas laborales por parte de sus subcontratistas, así como la protección de los derechos de trabajadoras y trabajadores ante situaciones de informalidad y accidentes laborales.

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