La fiscalía descentralizada de Choele Choel imputó a un hombre de 50 años
por los delitos de grooming en concurso real con tentativa de abuso sexual
simple, en el marco de una causa que investiga hechos ocurridos en agosto y
septiembre de 2024. La acusación se formalizó esta mañana ante el juez de
Garantías, quien dispuso una serie de medidas cautelares.
De acuerdo con la información aportada por el Ministerio Público Fiscal, el
acusado habría tomado contacto con una adolescente a través de un dispositivo
telefónico que no era de su propiedad. Posteriormente, la habría citado en
horas de la mañana, momento en que, según el relato de la víctima, intentó
cometer un delito contra su integridad sexual.
El equipo fiscal detalló que, un mes después del primer episodio, el hombre
fue interceptado por personal policial mientras caminaba junto a la menor. En
esa ocasión, habría afirmado que era tío de la joven, con el objetivo de evadir
la intervención policial. Las actuaciones fueron documentadas en el acta del
procedimiento.
La calificación legal bajo la cual se formularon los cargos incluye los
artículos 131, 119 (primer párrafo), 42 y 45 del Código Penal, así como
disposiciones de la Ley 26.485 de Protección Integral contra la Violencia hacia
las Mujeres y la Ley 26.061 de Protección Integral de los Derechos de las
Niñas, Niños y Adolescentes.
Entre las pruebas presentadas por la fiscalía se encuentran la declaración
en Cámara Gesell, el informe del Cuerpo de Investigación Forense (CIF), la
denuncia penal radicada por la familia, el acta policial, el acta de nacimiento
de la víctima, una entrevista médica realizada en el hospital local, informes
del Gabinete de Criminalística y un teléfono celular secuestrado al imputado.
La defensa penal pública que representa al acusado manifestó que no
objetaría la imputación en esta instancia, a la espera de una pericia técnica
solicitada a la Oficina de Investigación de Telecomunicaciones (Oitel).
Finalmente, el juez interviniente resolvió imponer medidas cautelares. El
imputado deberá mantenerse a derecho, abstenerse de acercarse a la víctima o a
la denunciante en un radio de 100 metros y no podrá establecer contacto por
ningún medio físico o digital. En caso de incumplimiento, se evaluará la
aplicación de restricciones más severas.
16 mayo 2025
Judiciales