Un joven de
Cipolletti logró realizarse una cirugía de masculinización, luego
de que varios organismos del Estado trabajaran para eliminar los
obstáculos administrativos. El joven primero ejerció su derecho
para obtener un DNI conforme a su identidad de género. Luego inició
una terapia de hormonización en el Hospital local hasta que decidió
someterse a una intervención quirúrgica. En ese momento, la obra
social le exigió algunos requisitos que no están indicados en la
ley, aunque finalmente pudo superar las dificultades.
El equipo de salud del Hospital de Cipolletti realizó el seguimiento de la terapia de hormonización. Sin embargo, advirtió que la obra social solo le reconocía la medicación al 70 por ciento. Cuando solicitó la cirugía de masculinización de torso, se encontró con una serie de obstáculos, como trámites y requisitos que no figuran en la ley de Identidad de Género, entre ellos, un certificado de salud mental.
El hospital, a través del consultorio inclusivo; la Defensoría del Pueblo y el Poder Judicial trabajaron de forma coordinada para remover esos obstáculos.
Primero se
interpuso un amparo ante un Juzgado de primera instancia y con el
primer pedido de informes a la obra social desaparecieron las
barreras administrativas. No fue necesario avanzar en el trámite
judicial.
Las
autoridades que intervinieron destacaron la importancia de un enfoque
interinstitucional para garantizar los derechos fundamentales en el
proceso de adecuación a la identidad de género autopercibida.
La Ley 26.743
garantiza el goce de la salud integral, el acceso a intervenciones
quirúrgicas totales y parciales y/o tratamientos integrales
hormonales para adecuar el cuerpo, incluida la genitalidad, a la
identidad de género autopercibida, sin necesidad de requerir
autorización judicial o administrativa.
Además, establece que el sistema público de salud, ya sea estatal, privado o del subsistema de obras sociales, debe garantizar de forma permanente los derechos que la ley reconoce, y que todas esas prestaciones de salud quedan incluidas en el Plan Médico Obligatorio.
En
el acta judicial el joven resaltó la necesidad de dejar constancia
de los requerimientos efectuados por la obra social en post de la
sensibilización, educación y coordinación entre las instituciones
para facilitar un camino más libre y justo hacia la plena
realización de los derechos de las personas transgénero.

28 diciembre 2025
Río Negro