El Procurador
General de Río Negro, Jorge Crespo se expresó durante la reunión
de la Comisión Interpoderes que se realizó hoy por la mañana en la
Legislatura Rionegrina, con el objetivo de deliberar sobre la
implementación de acciones que tiendan a agilizar el sistema y
avanzar con mayor celeridad la investigación de delitos.
Crespo señaló que “acá estamos buscando una respuesta jurídica a un problema político. Esto es lo que estamos haciendo en este momento con estos dos proyectos”.
“La ley 5184, que es la ley de la policía de Río Negro, establece claramente cuáles son las funciones y quiénes son los organismos encargados de la seguridad en esta provincia. Mientras que el Ministerio Público Fiscal, o sea el Poder Judicial, es el encargado de actuar post cometido el hecho”, agregó.
También “podemos considerar que es multidisciplinaria la seguridad ya que intervienen varios actores, no es sólo responsabilidad de una figura, sino de varias, pero el eje central es que hay un organismo del Estado encargado de la seguridad de los ciudadanos de la provincia de Río Negro”, se explayó.
“Tampoco nos vamos a mentir, me parece que tenemos que ser claros y sinceros. Uno de los ejes que tiene el reclamos ciudadano, el reclamo popular, es la prisión preventiva. Acá escuche a varios hablar de la puerta giratoria”, señaló ante los legisladores que participan de la mencionado comisión.
“Y la verdad es que confundimos algunas cosas, no es lo mismo el encarcelamiento que hablamos para el concepto de flagrancia, que la prisión preventiva para la delitos comunes contenida en nuestro código de manera perfecta”, explicó.
“No hay una compatibilidad exacta entre seguridad y flagrancia, porque si hablamos de flagrancia es porque ya la seguridad se vio sobrepasada”. Se entiende por flagrancia a sorprender a la persona autora de un delito cuando lo está cometiendo.
“Porque la prisión preventiva no es otra cosa que una media cautelar que viene a segurar el fin ultimo del proceso. Que se basa en el aseguramiento de la evidencia y la concurrencia del individuo a derecho. Dos principios que se dan también en el principio de flagrancia. Por eso confundimos medidas cautelares con un concepto de prevención general. Y es eso lo que debería estar discutiéndose”, agregó.
“Esencialmente la crítica macro que tengo para los proyectos es que en vez de condensar un título específico para el delito de flagrancia, desparraman en el código determinadas normas. Entonces como tiene implicancia en la prisión preventiva, propone modificar el artículo 109 o 110. Cuando en realidad ahí hay un problema que hace chocar contra los principios propios del código”.
De la Comisión participaron por la Legislatura los legisladores Lucas Pica (presidente de la comisión), Facundo López, Luis Albrieu, Nicolás Rochas, Gabriel Belloso y Marcelo Szczygol, las legisladoras Marcela Ávila, Silvia Morales y María Inés Grandoso. En representación del Poder Ejecutivo participó el secretario de Legal y Técnica, Guillermo Ceballos.
Además, expuso la presidente del Superior Tribunal de Jusiticia, Liliana Piccinini y se contó el aporte de los colegios de abogados de Viedma, General Roca y Alto Valle Oeste.

30 diciembre 2025
Río Negro