Defensa del Consumidor de
Río Negro, en su carácter de Autoridad de Aplicación Local de la Ley 24.240,
dictó medida cautelar, confirmada por la Justicia ordinaria, a una empresa de
Planes de Ahorro de Automotores que pretendía cobrar saldos acumulados sin la
debida información correspondiente.
La persona que adquirió el
vehículo a través de un plan de ahorro, una vez entregada la unidad y por más
de un año no le enviaron las boletas de pago, al intentar contactarse con la
empresa a través de diferentes canales no tuvo respuesta. Tampoco pudo acceder
a su usuario web para autogestionar la liquidación mensual, motivo por el cual presentó
una denuncia ante defensa del consumidor.
En este sentido, la medida
tomada por el área que defiende los derechos de las y los consumidores
consistió en primer lugar la suspensión de las acciones legales derivadas del
contrato de plan de ahorro, se le solicitó a la empresa que cumpla con el deber
de información referido al contrato y obligaciones pendientes, y en simultáneo
se dictó la medida precautoria para
impedir que la misma publique como incumplidor del contrato al denunciante en
el sistema de información crediticia.
La medida cautelar
precautoria dictada fue respaldada por la Justicia local al rechazar el recurso
de apelación planteado por la firma denunciada.

2 enero 2026
Río Negro