El Ministerio de Desarrollo
Social de la Nación anunció la implementación de una medida que permite la compatibilización
de la prestación Alimentar con el empleo rural temporario y estacional. La
disposición, publicada hoy bajo la Resolución 1165/23, busca abordar la
situación de las trabajadoras y trabajadores rurales que enfrentan altos
niveles de informalidad laboral y bajos e irregulares ingresos salariales.
Hasta ahora, la Resolución
1734/2021 del Ministerio de Desarrollo Social establecía la incompatibilidad
entre la prestación Alimentar y el registro de ingresos de trabajadores rurales
temporarios. Sin embargo, el Ministerio ha decidido tomar medidas para revertir
esta situación y fomentar el trabajo registrado en el sector rural.
Con la nueva Resolución
1165/23, las y los trabajadores temporarios contratados por Ley 26.727, Ley
20.744 y alcanzados por convenios de corresponsabilidad gremial podrán acceder
o continuar con la prestación Alimentar, siempre y cuando los ingresos del
grupo familiar no superen los límites establecidos para el otorgamiento de
asignaciones familiares.
Esta medida beneficiará a
una población destinataria estimada en más de 60.000 trabajadoras y
trabajadores registrados en 2022, así como a aquellos que se incorporen al
trabajo registrado rural temporario o estacional a partir de ahora. La decisión
tiene como objetivos eliminar desincentivos al trabajo registrado, garantizar
la seguridad alimentaria de niñas, niños y adolescentes, proteger los derechos
laborales de las y los trabajadores rurales, y responder a las demandas de las
asociaciones de productores de las economías regionales.
Con esta acción, el
Ministerio de Desarrollo Social de la Nación busca promover la inclusión y
brindar un apoyo integral a los trabajadores del sector rural, asegurando tanto
su bienestar laboral como el de sus familias.

2 enero 2026
Río Negro