“Ese perro no es mío”, dijo el dueño del animal que tiró de la moto a una mujer y a su hijita en Chimpay. Pero varios vecinos no dudaron en declarar ante la justicia y aseguraron que el perro no sólo pertenecía al hombre demandado sino que, además, eran cotidianos los ataques del can a peatones, ciclistas y motocilistas.
La joven mujer que conducía la moto sufrió una gravísima lesión en un hombro, que le dejó secuelas irreversibles de incapacidad física. Su hija de 6 años, quien salió despedida del rodado al momento del vuelco, por fortuna no sufrió lesiones de gravedad.
Un fallo del Juzgado Civil N° 31 de Choele Choel tuvo por acreditado que el perro había atacado sorpresivamente a la motociclista. Condenó entonces al dueño por la responsabilidad objetiva que le impone el Código Civil y Comercial, ante el riesgo que entraña el animal y por haber incumplido su deber de vigilancia sobre él.
La sentencia no está firme y se encuentra en instancia de apelación. Según tuvo por acreditado la jueza de Primera Instancia de Choele Choel, el ataque del perro causó daño físico, psíquico y moral a la mujer, además de una incapacidad laboral del 40%.
En su defensa, el hombre se declaró ajeno al conflicto y planteó una “falta de legitimación pasiva”; en otras palabras, negó ser la persona a la cual correspondía demandar. Dijo que la mujer lo denunció “sobre bases absolutamente falsas e inexactas, ya que no resulta ser el propietario del perro que la actora describe”.
Pero los testigos directos del episodio aseguraron que la mujer y su niña fueron atacadas por ese perro, que salió del terreno del demandado porque estaba el portón abierto. También atestiguaron que el perro vive en esa casa, que siempre responde al llamado del hombre y que “acostumbraba a correr a la gente y a morder los pantalones”. Incluso recordaron que estando la mujer herida en el piso, con la moto encima, el perro “no la soltaba”.
Según explicó el fallo, en cualquier caso de responsabilidad objetiva “el propietario o guardián del animal agresor debe afrontar los daños causados, salvo que demuestre el accionar culposo de la víctima o de un tercero; caso fortuito o fuerza mayor”. Pero en este caso no se demostró ninguna de esas cuatro opciones que la ley admite para liberarse de la responsabilidad civil.
Las secuelas
La mujer fue internada y operada, y realizó varios meses de fisioterapia sin poder revertir el dolor constante y la pérdida de funcionalidad del brazo.
Una pericia detalló las secuelas psíquicas del hecho, “compatibles con el concepto psicológico de trauma”. La experta describió que la mujer hace enormes esfuerzos por “sostener su fortaleza”, pero convive con sentimientos de angustia, pérdida de autonomía, ansiedad y frustración.
A ese rubro se sumó la indemnización por la incapacidad física, acreditada por una pericia médica, que la afecta no sólo a nivel laboral “sino también por la incidencia en la vida de relación de la víctima y en su actividad productiva”.
La condena incluyó también los gastos de farmacia, radiografías y traslados que costeó la mujer y finalmente ordenó un resarcimiento por daño moral “fundado en que al momento del accidente se encontraba sana y activa, ostentando un excelente estado de salud” y las gravísimas lesiones ahora “limitan ampliamente sus actividades cotidianas, repercutiendo negativamente en la autoestima y en los sentimientos más íntimos” de la joven madre.
6 noviembre 2024
Judiciales