Imputan a la mujer que agredió a un estudiante secundario de Roca

La calificación legal es por "lesiones leves"

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El Ministerio Público Fiscal imputó esta mañana a una mujer de 43 años el delito de “lesiones leves” y solicitó medidas cautelares por un hecho ocurrido el 2 de noviembre pasado en una escuela secundaria de General Roca.

Según la acusación fiscal “la señora, madre de un menor alumno de esa escuela, ingresó a un curso cuando se encontraban estudiantes en clase junto a dos profesores y comenzó a increpar a los jóvenes. La mujer se abalanzó hacia uno de los adolescentes y comenzó a agredirlo con golpes de puño. Las lesiones fueron certificadas como de carácter leve”.

En ese momento, describió la fiscal del caso, “algunos intentaron que la mujer cesara en su accionar, siendo agredidos sin ocasionarles lesiones. Finalmente, tras la intervención de uno de los preceptores, la señora se retiró del lugar”.

La calificación legal esgrimida por la fiscalía para esta etapa del proceso es la de “lesiones leves” según los Artículos 89 y 45 del Código Penal.

Entre el sustento probatorio mencionado se encuentran las denuncias penales realizadas por los y las progenitoras de algunos estudiantes, de personal del establecimiento escolar, certificado de nacimiento del menor que resultó lesionado, una filmación extraída de redes sociales de la situación, entre otra evidencia.

La defensora pública penal que asistió a la imputada durante la audiencia, no se opuso al hecho ni a la calificación legal esgrimida el día de hoy, y agregó que tras el asesoramiento recibido la señora había decidido no prestar declaración por ahora.

Las medidas cautelares solicitadas por la fiscalía, que no tuvieron oposición de la defensa, fueron prohibición de acercamiento al domicilio del menor por un radio de 200 metros, y no hostigarlo, ni ella ni a través de terceros, por ninguna vía, inclusive las digitales.

De esta manera, el juez de Garantías resolvió tener por formulados los cargos, otorgar un plazo de 4 meses para las medidas cautelares y el mismo tiempo para la investigación penal preparatoria.

La defensa penal pública se opuso a la publicidad de la audiencia por existir dos menores de edad involucrados, el hijo de la mujer imputada y el adolescente damnificado, “cuya imagen e intimidad podría verse perjudicada”. La fiscalía, por su parte, se manifestó a favor de la publicidad de la audiencia con restricciones específicas.

En su resolución fundada el juez de Garantías interviniente declaró la reserva de la audiencia. Argumentó que existen precedentes del Tribunal de Impugnación que ordenan preservar al máximo toda referencia a menores de edad afectados por procesos penales (Fallo “Fau”). “Hay un plus protectorio para la tutela judicial efectiva respecto de los menores de edad”, expresó el juez, quien fundó la decisión en normas internacionales, nacionales y provinciales.

Citó el art. 1 de la Ley N° 20.056, que expresamente prohíbe “en todo el territorio de la República la difusión o publicidad por cualquier medio de sucesos referentes a menores de 18 años de edad incursos en hechos que la ley califica como delitos o contravención o que sean víctimas de ellos”.

También invocó la Ley Nacional y la Ley Provincial de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, la Convención de los Derechos del Niño, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y la Convención Americana de Derechos Humanos, entre otras normas.

Cabe recordar que respecto a los videos que circularon de este hecho, el Ministerio Público de la Defensa enfatiza la obligación de resguardar incondicionalmente la intimidad y dignidad de niños, niñas y adolescentes que puedan verse afectados o involucrados en la difusión de imágenes en medios de comunicación y/o cualquier otra plataforma.

Vale mencionar que todo tipo de publicación, periodística o no, que permita directa o indirectamente identificar a un niño, niña o adolescente que se encuentra en situación de vulnerabilidad o que pueda resultar dañina para él o ella, es una afectación a su derecho humano a la intimidad.

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